La Comisión Nacional del Mercado de Valores de España (CNMV) publicó un documento que recoge los criteriospreliminares aplicados a las Ofertas Iniciales de Moneda (ICO). Las nuevas pautas son un complemento de las consideraciones sobre criptomonedas y ICO publicadas por el organismo a principios de febrero.
El documento hace una precisión sobre cuándo un token ofrecido mediante una ICO debe ser considerado un valor negociable. Los nuevos criterios excluyen de esta categoría los casos en los que la rentabilidad del token no guarde una correlación razonable con la evolución del proyecto que lo emite.
No obstante, el documento aclara que las consideraciones emanadas de la CNMV a principios de año siguen siendo válidas. Esto implica que calificarán como valores negociables aquellos tokens que otorguen al inversionista el derecho de acceder a bienes y/o servicios con expectativa de revalorización o remuneración.
En cuanto a la intervención mínima que deben tener las Empresas de Servicios de Inversión (ESI) en el desarrollo de las ICO, la CNMV precisó que no se requerirá en los procesos de colocación y custodia de los tokens, ya que no son actividades habituales como lo indica la legislación vigente.
Las ESI son entidades autorizadas en España para realizar actividades y prestar servicios en los mercados de valores. Estas empresas deben validar y supervisar las ofertas de las ICO, y asegurarse de que sean detalladas, claras, imparciales y no engañosas, según las consideraciones previas de la CNMV.
Registro de los tokens
El documento de la CNMV sostiene que los tokens categorizados como valores negociables, deben representarse por medio de anotaciones en cuenta o títulos para que puedan ser negociados en plataformas de intercambio españolas.
De acuerdo con la información, la ley no excluye de los derechos como valores negociables a los tokens registrados mediante DLT (tecnología de contabilidad distribuida), pero sólo se podrán comercializar en plataformas de intercambio extranjeras. “Si los tokens se negocian en un mercado no español la CNMV no es competente para exigir que estén representados mediante anotaciones en cuenta”, expresa el documento.
La CNMV de España viene desarrollando una serie de normativas, pautas y criterios para regular el mercado de criptomonedas y las ICO en ese país. En el mes de mayo publicó los lineamientos para el sector FinTech, que incluyeron consideraciones sobre los criptoactivos y la posibilidad de crear fondos de inversión basados en criptomonedas. Estas normas fueron actualizadas en el mes de julio pasado, con la publicación de un documento en formato de “preguntas y respuestas”.
La CNMV ha aclarado que, dada la complejidad y novedad del sector de las criptomonedas, estos criterios están sujetos a revisión en función de la experiencia y el debate a nivel internacional, particularmente en el seno de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA).
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