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La resolución fija un umbral de 5.000 dólares para declarar operaciones con activos digitales.
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Plataformas locales asumen mayores costos operativos frente a competidores extranjeros.
La Cámara Paraguaya de Fintech (CPF) mantiene objeciones frente a la Resolución General Nº 47/2026 emitida por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), la cual establece la obligación de suministrar información sobre transacciones realizadas con bitcoin (BTC) y criptomonedas.
Tras reuniones técnicas con la autoridad tributaria, los representantes del gremio señalaron que las exigencias presentan falta de claridad en su alcance, exponen datos de los usuarios y podrían incentivar la migración de operaciones hacia plataformas extranjeras o esquemas de autocustodia.
De acuerdo con la resolución fechada el 10 de marzo de 2026 los administradores de plataformas que operan en Paraguay y las personas que superen los 5.000 dólares anuales en transacciones mediante servicios extranjeros o sin intermediarios, deberán presentar anualmente una Declaración Jurada Informativa.
La Cámara cuestiona la falta de una interpretación precisa sobre qué constituye una plataforma operando en territorio paraguayo.
Además, sostiene que el umbral de 5.000 dólares resulta bajo para la dinámica del sector, al calcularse sobre transacciones acumuladas y no por operación individual, sin que se haya aclarado qué tipo de cambio o fuente de valorización deberá utilizarse.
Uno de los principales puntos de conflicto radica en la obligación de proporcionar información detallada sobre los usuarios, relacionando las direcciones públicas con la identidad de sus propietarios.
La CPF considera esta exigencia peligrosa y advierte que expone innecesariamente a los titulares. Argumentan que el país aplica un sistema tributario de fuente territorial y que la DNIT requiere información que excede lo necesario para dicho esquema, sin justificar adecuadamente el motivo para exigir ese nivel de identificación personal.
El sector también objetó la inclusión de las transferencias de criptomonedas hacia o desde billeteras digitales sin contemplar una excepción para los movimientos realizados entre cuentas de una misma persona.
Esto significa que un usuario tendría que informar el traslado de sus fondos aunque no exista compraventa ni se haya generado una ganancia.
Los representantes calificaron esta medida como innecesaria y advirtieron que, al mantener esta disposición sin un criterio claro que excluya los movimientos propios, se podrían desalentar las operaciones formales.
Bruno Vaccotti, director de la Cámara Paraguaya de Fintech, indicó en declaraciones a la prensa que el impacto de la medida será asimétrico.
El especialista explicó que las transacciones dentro de exchanges locales presentan alta visibilidad por los procesos de registro de clientes que ya implementan. Sin embargo, para cumplir con los nuevos requisitos, estas empresas deberán asumir el costo tecnológico de desarrollar motores de reporte tributario, una carga operativa que, según el directivo, resulta casi nula para los competidores extranjeros que no poseen establecimiento en Paraguay.
Actualmente, la Cámara Paraguaya de Fintech trabaja en un convenio de cooperación con la DNIT y en una propuesta de actualización de la normativa.
El gremio busca que la discusión introduzca modificaciones, como la exclusión de transferencias propias y una distribución razonable de las obligaciones que permitan cumplir con los requerimientos tributarios y aumentar la formalización del ecosistema local, sin afectar la competitividad ni comprometer la seguridad jurídica de quienes operan en el país.
Solucionados estos inconvenientes, Paraguay podría tener un mejor posicionamiento en la industria de los activos digitales. El propio Vaccotti, entrevistado por CriptoNoticias, ha dicho que «Paraguay es un país de oportunidades para bitcoin».













