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La legislación menciona a las estafas piramidales que incluyen activos digitales.
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Dos proyectos de ley sobre activos digitales permanecen estancados en el Congreso.
La inclusión explícita de los criptoactivos como bitcoin (BTC) dentro de la legislación de República Dominicana comenzó a regir formalmente en agosto de 2026, tras entrar en vigencia la Ley núm. 74-25 del nuevo Código Penal, una norma que menciona expresamente estos activos, pero limitando su alcance a la tipificación de delitos sin ofrecer un marco regulatorio integral.
El texto legal sanciona específicamente las estafas piramidales que utilizan a los criptoactivos. La referencia se encuentra contenida en el artículo 240 de la citada ley, donde se especifica la figura delictual aplicable a quienes utilicen a los activos digitales para cometer fraudes bajo esquemas de reclutamiento masivo.
El articulado establece literalmente lo siguiente:
Se considera estafa piramidal la estafa disfrazada de aparente esquema de negocio que resulta fraudulento, mediante el que su autor o autores tienen por objeto reclutar a personas de quienes se hacen entregar dinero, activos digitales, tales como: Criptomonedas, tokens, NFTS o documentos digitales con valor financiero, haciéndoles promesas falsas de retornos a sus inversiones, sin la existencia de un negocio de bienes o servicios o de inversiones legítimas debidamente autorizadas […].
A pesar de esta precisión penal, la norma no abarca el uso cotidiano de bitcoin y las criptomonedas en la nación caribeña. El artículo 237, relativo a la estafa simple, no menciona a las monedas digitales. En consecuencia, actividades operativas ordinarias como comprar, almacenar, recibir o realizar pagos directos con bitcoin no configuran un tipo penal ni se encuentran reguladas legalmente en este articulado.
Frente a estos avances normativos parciales, los bitcoiners del país expresaron su postura respecto a la evolución del panorama institucional. La agrupación Bitcoin Dominicana reconoce que el criptoactivo ya entró en la legislación dominicana, aunque dicen «no significa que el trabajo esté terminado».
Desde la perspectiva de la organización, el cambio de postura gubernamental representa un hito progresivo dentro del ecosistema. «Pero pasar de advertencias oficiales a que Bitcoin sea reconocido dentro de la ley es un pequeño gran paso», señalan los voceros de la comunidad.
Pese a esta integración, la ambición de contar con un ordenamiento exhaustivo permanece paralizada, como reportó CriptoNoticias. Los proyectos de ley orientados a supervisar este mercado se encuentran paralizados en la Cámara de Diputados, lo que frena el avance de dos propuestas formales depositadas a principios de 2026.
La primera iniciativa fue presentada el 16 de marzo de 2026 por el diputado Carlos de Pérez Juan. Esta propuesta contempla clasificar las criptomonedas como bienes tributables, crear una certificación otorgada por la Superintendencia del Mercado de Valores y autorizar a comercios a fijar precios en monedas digitales.
La segunda propuesta plantea un marco más amplio que incluye registro, supervisión y la creación del Consejo Nacional de Activos Digitales y Criptoactivos.








