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Home Regulación

Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela reconoce al Petro como unidad contable

Una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) establece el Petro como unidad de cuenta para la indemnización en bolívares a una ciudadana.

por Glenda González
1 noviembre, 2018
en Regulación
Tiempo de lectura: 4 minutos
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  • El tribunal señala que el Petro tiene como fin fortalecer el signo monetario nacional
  • Juristas y economistas consideran que con estas decisiones se viola la Constitución venezolana

Una sentencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ), este 31 de octubre, establece que el pago de una indemnización legal a una ciudadana venezolana se realice en bolívares tomando como unidad de cuenta el valor del petro, reconociendo con este acto al criptoactivo como unidad de cuenta legal.

La sentencia fue dictada por la Sala Político-Administrativa del TSJ y exige al Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (INIA), una institución estatal, la cancelación en bolívares de una indemnización por daños morales causados a una ciudadana, que en 1997 interpuso una demanda contra el citado instituto. 

Entre los argumentos expuestos por el organismo para tomar como unidad de cuenta el criptoactivos oficial, se indica que su decisión se corresponde con el decreto publicado en la Gaceta Oficial Nro. 6.370, del 9 de abril de 2018, mediante el cual el gobierno venezolano reconoció al Petro como como moneda de uso legal en el país.

Agrega el tribunal que el objetivo de exigir la cancelación en bolívares, tomando como unidad de cuenta el Petro, es proteger el valor del monto otorgado a la ciudadana como indemnización, del proceso de hiperinflación que se vive en Venezuela. El monto fijado es de 266 PTR, que cotizados a $60 dólares, tienen un valor de $15.960 dólares.

En razón de las consideraciones antes expuestas, esta Sala a fin de proteger el valor del monto otorgado como indemnización por daño moral, toma como base de cálculo el valor de la criptomoneda venezolana Petro; y en consecuencia, se condena al pago de la cantidad en Bolívares (Bs.) equivalente a Doscientos Sesenta y Seis Petros (266 PTR), calculada según el valor del Petro para el momento del efectivo pago.


Para el TSJ venezolano el objetivo de la creación del Petro es fortalecer el signo monetario nacional (el bolívar), reiterando que el criptoactivo está respaldado por “un contrato de compra-venta por un (01) barril de petróleo de la cesta de crudo venezolano o cualquier commodities que decida la Nación”.

A pesar de este reconocimiento, algunos juristas y economistas venezolanos consideran que estas decisiones, respaldadas tanto por el Ejecutivo venezolano como por la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela, que no es lo misma entidad que la Asamblea Nacional electa en 2015 y que aún sesiona en el parlamento, van en contra de la carta magna vigente. Sobre ello se han manifestado juristas y economistas venezolanos, como José Toro Hardy.

Después de haber destruido el signo monetario venezolano –el bolívar– el régimen pretende substituirlo. Con esto incurre en otra violación de nuestra carta magna que taxativamente señala: Artículo 318: “La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el bolívar”.  


Para el economista, a pesar de las decisiones que sigue tomando el gobierno, dirigidas a obligar a los venezolanos a utilizar el petro, su adopción difícilmente se generalizará entre los venezolanos. Ello a pesar de que el presidente venezolano, Nicolás Maduro, decretara al Petro como nueva unidad de cuenta en Venezuela, desde agosto pasado.

A partir de esa fecha, han venido escalando una serie de anuncios mediante los cuales el gobierno intenta que los ciudadanos realicen variadas transacciones con el criptoactivo, como el anclaje de los salarios, la compra de bienes y productos, y el pago de trámites asociados a la solicitud de pasaporte, entre otros.  Incluso, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario emitió un comunicado en agosto, ordenando a la banca pública y privada adoptar el criptoactivo.  Sin embargo, para la mayoría de los venezolanos persisten las dudas sobre cómo se utilizará esta criptomoneda. 

Suspenden venta de certificados

Como parte de las medidas tomadas por el gobierno venezolano a fin de promover el uso del criptoactivo, se anunció el inicio de la venta de certificados a partir del pasado 29 de octubre. No obstante, a dos días del inicio del proceso, la Superintendencia de Criptoactivos (Sunacrip) lo suspendió hasta el próximo 5 de noviembre.

De acuerdo a las informaciones publicadas en medios locales, la suspensión se debe a la realización de actividades protocolares en la sede del organismo en Caracas. Aunque, también se señala que hubo poca afluencia de personas interesadas realizar este tipo de transacción.   

En relación a este proceso, la Sunacrip indicó que  el Petro podrá comprarse con euros, rublos, yuanes o dólares, a un precio referencial de $60, o también a cambio de bitcoin (BTC), litecoin (LTC), ether (ETH) o dash. Añade que a partir de la semana próxima se habilitará su compra en bolívares soberanos.  

El proceso consta de tres fases: registro, verificación y compra. Aunque, una vez adquirido el criptoactivo, no podrá ser transado porque no está habilitada la opción de venta. Por tales razones, las personas que han realizado la compra por taquilla o vía web, solo adquieren un certificado de transacción y un depósito a una cuenta electrónica sin dirección de cartera digital.

 

Imagen destacada por beeboys / stock.adobe.com

Etiquetas: CriptoactivosCriptomonedasPetroVenezuela
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Publicado: 01 noviembre, 2018 07:47 pm GMT-0400 Actualizado: 01 noviembre, 2018 08:54 pm GMT-0400
Autor: Glenda González
A cargo del departamento de Calidad Editorial y Educación en CriptoNoticias. Periodista venezolana con formación de postgrado en el área de Gerencia de Empresas y amplia experiencia en docencia en educación superior. En CriptoNoticias también se ha desempeñado como reportera senior y editora de la sección Comunidad.

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