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Home Regulación

España ajusta sus normas para la confiscación de criptomonedas a deudores tributarios

Los ministros aprobaron un anteproyecto de Ley para transponer la directiva que cambia las obligaciones tributarias relacionadas con criptomonedas.

por Glenda González
18 septiembre, 2024
en Regulación
Tiempo de lectura: 3 minutos
España se pliega a la DAC8, normativa que fue finalmente aprobada por el Parlamento Europeo en septiembre del 2023. Fuente: Wikipedia/Composición por CriptoNoticias.

España se pliega a la DAC8, normativa que fue finalmente aprobada por el Parlamento Europeo en septiembre del 2023. Fuente: Wikipedia/Composición por CriptoNoticias.

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  • España está moldeando sus normativas a la regulación europea DAC8.
  • La nueva norma entrará en vigor en la Unión Europea en enero de 2026.

El Consejo de Ministros de España aprobó, en una primera vuelta, un anteproyecto de Ley que obliga a realizar una serie de cambios en las leyes tributarias que se aplican al sector de las criptomonedas. Esto, como parte del proceso de transposición de las leyes del país a las nuevas directivas de la Unión Europea (UE).  

La propuesta de ley, que establece obligaciones informativas sobre las criptomonedas situadas en el extranjero, se relaciona con la normativa DAC8 de la UE, también conocida como la octava directiva sobre cooperación administrativa. La misma impone a los exchanges, proveedores de wallets, brókeres y otras compañías de criptomonedas, la obligación de declarar datos de sus clientes. 

De esta forma, el anteproyecto de ley plantea la realización de diversas modificaciones a la Ley General Tributaria (LGT) y el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, los cuales contienen las normas vigentes que, en materia recaudatoria, se aplican al ecosistema de bitcoin (BTC) en España. 

La idea también es redactar un real decreto «para regular la obligación de identificar la residencia fiscal de los usuarios de criptoactivos y de informar acerca de sus transacciones. Esto supondrá un importante avance en el ámbito del intercambio internacional de información fiscal», señala un comunicado del Ministerio de Hacienda.  

Destaca, entre las modificaciones que se plantean con el anteproyecto de Ley, la inclusión expresa de las criptomonedas entre los bienes susceptibles de sufrir embargos, junto a los bienes y derechos situados en entidades de pago y de dinero electrónico. 

«Una medida que responde a la evolución de los servicios bancarios y de pago y a los medios de pago, entre las que están las tecnologías de registro de criptoactivos», asegura el Ministerio. 

En ese sentido, el experto en fiscalidad de criptoactivos, José Antonio Bravo, aclara que, con las leyes vigentes, actualmente ya es posible que Hacienda embargue fondos en criptomonedas que estén depositados en un proveedor de servicios de forma efectiva.  

«Lo que hace la trasposición de la DAC8 es reafirmar su embargabilidad sin que el proveedor se pueda negar por no estar dentro de los supuestos legales», acota Bravo, al tiempo que la abogada Cristina Carrascosa asegura que la nueva ley permitirá hacer ajustes legales a los procedimientos de embargo.  

En este punto, Bravo recuerda que todas estas leyes aplican a los criptoactivos que se tengan depositados en exchanges centralizados, algunos de los cuales incluso «podrían sufrir una desvalorización por orden administrativa o judicial». Algo que no aplica a las criptomonedas en autocustodia, que «seguirán siendo inembargables, porque no pueden ejecutarse limitaciones a su propiedad».  

Noticia incorrecta:
Hacienda ya podía embargar fondos en criptomonedas que estén depositados en un proveedor de servicios de forma efectiva. Lo que hace la trasposición de la DAC8 es reafirmar su embargabilidad sin que el proveedor se pueda negar por no estar dentro de los…

— José Antonio Bravo Mateu (@jabravo) September 18, 2024

Tal como ha informado CriptoNoticias, la DAC8 fue aprobada por el Parlamento Europeo en septiembre de 2023. Su objetivo es «restringir el anonimato en las transacciones con criptomonedas y evitar que los usuarios evadan a las autoridades tributarias». 

La DAC8 entrará en vigor en enero de 2026, por lo que los países del bloque europeo tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para adecuar sus normativas y reglamentos internos a lo establecido por la regulación. 

La normativa atiende a las directrices establecidas en el Reglamento de Mercados de Criptoactivos que fue aprobado en abril de 2023. Normas que comenzarán a regir en la UE desde finales de este 2024. 

Etiquetas: Bitcoin (BTC)CriptomonedasEspañaMarco legalRelevantes
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Publicado: 18 septiembre, 2024 10:43 am GMT-0400 Actualizado: 18 septiembre, 2024 10:43 am GMT-0400
Autor: Glenda González
Reportera en CriptoNoticias. Periodista venezolana con más de 20 años de trayectoria y con formación de postgrado en gerencia de empresas. En CriptoNoticias también se ha desempeñado en el área de edición y en la coordinación de la sección de Comunidad.

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