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El ente intergubernamental busca mitigar riesgos de uso criminal de las criptomonedas.
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Argentina, Brasil, México y España se encuentran entre los países miembros del GAFI.
El Grupo de Acción Financiera (GAFI), organismo intergubernamental contra el blanqueo de capitales, publicó un proyecto de nota interpretativa con recomendaciones sobre el control de los activos virtuales. En la declaración, el organismo insta a los países miembros a la aplicación de regulaciones que incluyan a los proveedores de servicios con activos virtuales, como las casas de cambio de criptomonedas.
La declaración pública, llamada Mitigación de Riesgo de Activos Virtuales, surgió tras la reunión de trabajo del GAFI realizada el pasado 22 de febrero, en París, Francia. Contiene un proyecto de nota interpretativa de 8 puntos sobre la Recomendación 15 del GAFI, relacionada con las nuevas tecnologías. Las disposiciones implican un control regulatorio para las criptobolsas y otras empresas que trabajen con criptomonedas, al mismo nivel que se aplica a las entidades bancarias.
El GAFI, también conocido por sus siglas en inglés FATF (Financial Action Task Force), es una institución creada en 1989 por un grupo de países, con la finalidad de establecer estándares regulatorios y de acción en el combate al blanqueo de capitales y al financiamiento al terrorismo. Actualmente, 35 países forman parte del ente intergubernamental, incluyendo Argentina, Brasil, México y España.
En octubre de 2018, la institución definió los “activos virtuales” y los “proveedores de servicios de activos virtuales” (VASP). En esa oportunidad señaló que para junio de este año emitirá una guía sobre estas tecnologías, en el marco de la Recomendación 15. El ente ha desarrollado desde 1990 un paquete de 40 recomendaciones o medidas de estándar internacional en el área de su competencia. La última actualización se realizó en febrero de 2012.
Entre las disposiciones contenidas en el proyecto de nota interpretativa, se indica que “los países deben exigir que los VASP identifiquen, evalúen y tomen medidas efectivas para mitigar sus riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo”. Además, los proveedores de servicio de criptomonedas deben estar registrados y supervisados de acuerdo a las recomendaciones del GAFI. Esto implica que una autoridad competente deberá ejercer dicha supervisión.
Asimismo, los supervisores deben tener competencia para aplicar sanciones por incumplimiento de tipo penal, civil o administrativa. Dichas sanciones afectarían no sólo a las empresas, sino también a sus gerentes y altos directivos. Por otra parte, las criptobolsas, al igual que los bancos, deberán respetar el umbral de los 1.000 dólares/euros para las transacciones ocasionales. Esto implica que para los montos transados por encima del umbral, deben realizar la Debida Diligencia del Cliente (DDC), que prohíbe las cuentas anónimas, entre otras disposiciones.
Varios países están en busca de regulaciones propias para el sector de las criptomonedas. Esta semana la Corte Suprema de India dio un plazo de 4 semanas al Ejecutivo de ese país, para presentar la una normativa, la cual se espera desde julio de 2018. En Rusia, donde la regulación sobre los criptoactivos está en discusión desde finales de 2017, espera aprobar una ley sobre la materia en el mes de marzo.
Recientemente, la comisionada Hester Pierce, miembro de la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) de Estados Unidos, declaró que la regulación de los criptoactivos no debe coartar el crecimiento del sector. En su opinión, se deben establecer debe ser clara y adaptarse a las características del ecosistema.
Imagen destacada por FATF-GAFI / www.fatf-gafi.org