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Si una casa de cambio suspende las operaciones con dólares es por decisión propia.
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A las casas de cambio que reciben dólares se les complica poder usarlos.
No hay ninguna limitación para comprar Bitcoin, o cualquier otra criptomoneda, con dólares. Así lo aseguró el abogado Ricardo Mihura Estrada, especialista en regulaciones fiscales sobre criptomonedas y miembro de la ONG Bitcoin Argentina, durante su participación en la conferencia Descentralizar 2020, el 31 de julio.
Mencionó también que si alguna casa de cambio ya no opera con dólares es por una decisión particular pero no por una limitación legal. “Es un tema de cómo manejan sus propias finanzas y qué hacen con los dólares que reciben, que seguramente les da algún dolor de cabeza porque no tienen cómo usarlos”, explicó.
El asunto es de relevancia para la comunidad seguidora de las criptomonedas en Argentina, que días atrás se vio inundada de especulaciones al respecto, cuando la casa de cambio Buenbit quitó el par DAI/USD de su plataforma.
La suspensión, que solo duró unos días, obedeció a “motivos preventivos”, según explicó Federico Ogue, CEO de la empresa, en un comunicado que publicó en el grupo de Telegram oficial “Buenbit comunidad”.
El par DAI/USD, tal como informó CriptoNoticias, es el más utilizado para realizar la operación conocida como “cripto rulo”. Este movimiento, gracias a la diferencia entre la cotización oficial del dólar y la que se usa en el mercado real al vender criptomonedas, permite obtener una ganancia en pesos.
Otros temas tratados
Mihura Estrada no estuvo solo, sino que compartió el espacio con el abogado Daniel Rybnik, quien coordina la Comisión de Asuntos Legales y Contables de la ONG Bitcoin Argentina.
Otro de los temas tratados por los abogados fue el envío y recepción de remesas. Rybnik explicó que no se infringe ninguna ley cambiaria si se envían o se reciben criptomonedas hacia o desde el exterior.
Tal como había mencionado el bitcoiner Franco Amati en otro panel de esta conferencia, cuando se recibe dinero desde el extranjero en Argentina, hacerlo en criptomonedas es una de las opciones más efectivas. Esto es así porque se pueden cambiar por pesos al precio real del mercado.
También Rybnik aclaró una duda impositiva frecuente entre los holders argentinos, al dejar en claro que la tenencia de criptomonedas, por ser activos inmateriales, no tributa impuesto a los bienes personales.
Las cosas no están tan claras para quienes brindan servicios hacia el exterior y cobran con criptomonedas. La ley obliga a entregarle al sistema bancario las divisas extranjeras que se reciben, a cambio de pesos argentinos a cotización oficial. Pero para el Banco Central, las criptomonedas no son divisas.
Lo que más se acerca, según Mihura Estrada, es vender las criptomonedas en una casa de cambio. Pero aclara que esto no cumpliría la ley porque lo que pretende el sistema es que todos los dólares vayan al Mercado Único de Cambios controlado por el Banco Central.
En su carácter de abogado, aseguró que él estaría dispuesto a trabajar en la defensa de una persona acusada de una infracción cambiaria por no haber liquidado las criptomonedas recibidas.
“Hay muchísimos argumentos de defensa porque la norma no es en absoluto clara, no da una vía de cumplimiento y ni siquiera permite liquidar las criptomonedas como divisas, porque el Banco Central no considera que sean divisas”, explicó.