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La norma abarca a exchanges y servicios de custodia de criptomonedas.
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España habilitará un registro único con datos de los clientes que compartirá con Europa.
España aprieta su regulación a bitcoin y las criptomonedas y empresas que prestan servicios asociados a estas, con un nuevo Real Decreto-ley. La normativa alinea las regulaciones locales con disposiciones europeas contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
El decreto, publicado este miércoles 28 de abril en el Boletín Oficial del Estado, incorpora a las disposiciones españolas la normativa europea denominada Directiva 2018/843 (conocida como AMLD5).
Con ella, ahora las empresas que presten servicios asociados con criptomonedas deberán estar registradas y supervisadas por las autoridades españolas, al ser incluidas como «nuevos sujetos obligados».
Las empresas que presten servicios de intercambio de criptomonedas por dinero fíat o la custodia y monederos tendrán que compartir datos de sus clientes e informar sobre «actividades sospechosas» de ellos. Es decir, que la norma abarca a exchanges, fondos de inversión y custodios de bitcoin y otras criptomonedas.
Además, se anunció la creación de un sistema de registro único que contará con la data de los usuarios de estos servicios, con información del Registro Mercantil. Estos datos serán cruzados con registros de otros países de la Unión Europea con «acceso público ya no limitado a sujetos obligados y autoridades».
Este registro y la obligatoriedad de compartir datos con otras jurisdicciones europeas fue definido desde que la Unión Europea aprobara la actual legislación regulatoria en 2018, como reportó CriptoNoticias en ese momento.
La disposición llega a España después de lo previsto, pues para entonces la Unión Europea estableció un plazo hasta 2020 para la interconexión de los países europeos que deben compartir información de sus clientes a través de una plataforma central para la región.
Regulación y criptomonedas en Europa
La búsqueda de una regulación unitaria para las criptomonedas tiene larga data en el continente europeo, con instancias como la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) abogando por hacerlo realidad al menos desde 2019.
Las autoridades de la región han adoptado medidas para compartir los datos de usuarios de servicios con criptomonedas entre países de la región, tal como recomendó el Grupo de Acción Financiera (GAFI) con su denominada «regla de viaje».
Sin embargo, a mediados de 2020 una corte europea eximió a las empresas de la región a compartir sus datos con otras que estén basadas en Estados Unidos, como reportó este medio.
Básicamente, la corte aseguró que a pesar de la adopción de las disposiciones del GAFI, cada caso debía evaluarse de manera individual y tendría que evitarse el «envío automático» de información. En cuanto al territorio europeo, al parecer sí habría esa automatización, al participar en un registro único con datos de los países de la región.