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El Modelo 721 obligará a inversionistas a declarar sus tenencias en el extranjero.
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La normativa ha generado dudas sobre la declaración de criptomonedas en wallets de autocustodia.
Los usuarios de bitcoin (BTC) y demás criptomonedas de España se preparan para la entrada en vigencia, a inicios de 2024, de un nuevo modelo tributario para la declaración de criptomonedas.
Según la información que comparte en X el economista español, José Antonio Bravo, la Agencia Tributaria de España, oficina dependiente del Ministerio de Hacienda, comenzó este 27 de noviembre a enviar notificaciones a los ciudadanos españoles para recordarles que podrían estar obligados a presentar el Modelo 721 sobre monedas virtuales en el extranjero.
El modelo 721 es una declaración informativa sobre la posesión de criptomonedas fuera de territorio español. Responde a una iniciativa del gobierno en su lucha contra el fraude fiscal. Los trámites de este Modelo estarán activos a partir de enero de 2024, fecha de inicio de su plazo de presentación, tal como señala la Agencia Tributaria en su página oficial.
La nueva exigencia se encuentra contenida en el artículo 42 del Real Decreto 1065/2007, de 29 de julio, por el cual se aprobó el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. El mismo establece la obligación de presentar una declaración informativa anual referente a la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero, al 31 de diciembre de cada año.
Con base en esta normativa, que se comenzó a debatir en el país ibérico desde inicios de 2022, el gobierno español ya está exigiendo a las personas naturales y jurídicas en el exterior que presenten información sobre sus balances.
De acuerdo a lo que señala el comunicado que la Agencia Tributaria está enviando a los usuarios, solo las personas cuyos saldos en criptomonedas superen los 50.000 euros estarán obligados a hacer la declaración bajo el Modelo 721.
Los sujetos obligados tienen que proporcionar los nombres, apellidos, razones sociales y números de identificación fiscal del país de residencia de las personas o entidades a las que proveen servicios de criptomonedas en España.
La presentación debe realizarse ante la Agencia Tributaria desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2024. En ella deberá aparecer la información referente a los saldos mantenidos hasta el 31 de diciembre de 2023.
Debido a la confusión que persiste entre algunos usuarios respecto a la presentación del Modelo 721, un grupo de consultores se ofrece para responder preguntas y dar asesorías. Las dudas se presentan principalmente para los que tienen sus criptomonedas en carteras de autocustodia.
Tal como informó CriptoNoticias el mes pasado, algunas de las dudas fueron aclaradas por la abogada española, Cristina Carrascosa.
Según la especialista si el usuario es el que mantiene el control de las claves privadas de las carteras, eso significa que los activos allí depositados no están en el extranjero. Esto, independientemente de que se trate de wallets frías (sin conexión a Internet) o calientes (con conexión). En este caso, explica Carrascosa, las tenencias o saldos no deben declararse bajo el Modelo 721 sino bajo el Modelo 714, que tiene ver con la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.