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El fisco incluiría a bitcoin en el Impuesto a los bienes personales.
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Organismos internacionales y una provincia argentina lo consideran exento por ser intangible.
La Administración Federal de Ingresos Públicos de Argentina (AFIP) estaría evaluando incluir a bitcoin (BTC) y criptomonedas en el impuesto a los bienes personales. Hasta el momento, los criptoactivos están exentos por ser considerados bienes intangibles.
Sin embargo, según pudo saber CriptoNoticias, el órgano recaudador argentino estaría pensando en un cambio de postura a partir de la opinión de Guillermo Michel, designado como Director General de Aduanas desde el 22 de junio de 2022.
El impuesto a los bienes personales es un tributo que deben pagar los contribuyentes que posean bienes cuyo valor total supere un monto establecido. El piso más reciente, actualizado en junio de este año, es de 6 millones de pesos argentinos.
AFIP no incluía a bitcoin y las criptomonedas entre los bienes que se tienen en cuenta para calcular este impuesto. El argumento, emitido en la comunicación interna 176/2019, se trata de «bienes inmateriales, en tanto su existencia no se encuentra materializada en un instrumento formal».
La postura de Michel, como él mismo se encargó de expresar a inicios de junio, era contraria a ese concepto. Ahora, a partir de su designación en un cargo oficial relacionado con el fisco, estaría promoviendo la reevaluación de este concepto en diversas áreas de AFIP.
Como se muestra a continuación, se habría presentado a la Subdirección General de Asuntos Jurídicos un pedido para que se cambie este criterio. El siguiente es un fragmento que se habría filtrado de esta presentación:
Consultado por CriptoNoticias sobre el asunto, el contador tributarista Marcos Zocaro dijo tener certezas desde adentro de que, efectivamente, lo están haciendo.
La postura internacional y en una provincia argentina
Según el comité de interpretación de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC), publicado en el marco de las Normas Internacionales de Regulación Financiera (NIIF), bitcoin es un activo intangible.
En la misma línea, una de las provincias de Argentina, Catamarca, se expidió a fines de 2021 sobre este tema y también consideró a las criptomonedas como un bien intangible. Aunque no se trate de una resolución de alcance nacional como podría ser una de AFIP, es destacable que ya hay un fisco que se expidió sobre esta cuestión hace poco.
Mientras tanto, los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas para el impuesto a los bienes personales estaban pactados para el pasado lunes 27 de junio. Sin embargo, hay disputas judiciales en torno a esa fecha, explicó Zocaro a este periódico.
Si se cambiara la interpretación de AFIP sobre bitcoin y las criptomonedas, quienes no declararon su tenencia por estar exentos podrían tener que defenderse ante una posible aplicación de multas o sanciones, detalló Zocaro. La poca claridad de la ley, que se habría cambiado en el transcurso de solo dos años, jugaría a favor de los contribuyentes.