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Estas plataformas necesitarán autorización de la Superintendencia para operar en Uruguay.
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Los activos virtuales de los clientes deberán mantenerse separados de los del proveedor.
Uruguay dio un nuevo paso en la regulación de los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV). Desde el 1 de septiembre, las empresas que integran este sector pueden iniciar el proceso para obtener la autorización de la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) del Banco Central de ese país (BCU).
Como ya informó CriptoNoticias, la inscripción no supone una autorización automática. El regulador evaluará cada solicitud antes de permitir que una empresa funcione bajo este régimen.
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