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Home Regulación

Españoles tienen menos de 4 semanas para declarar sus bitcoin en el extranjero

Hasta el 31 de marzo hay oportunidad de declarar el Modelo 721 ante la Agencia Tributaria de España.

by Jesús Herrera
Jesús Herrera
Jesús Herrera
Reportero de Comunidad
Reportero de Comunidad en CriptoNoticias. Se especializa en reportar sobre comunidad, leyes, Estado y el impacto social del ecosistema de Bitcoin.
Conoce al autor
5 marzo, 2025
in Regulación
Reading Time: 6 mins read
Escrito por Jesús Herrera
Jesús Herrera
Jesús Herrera
Reportero de Comunidad
Reportero de Comunidad en CriptoNoticias. Se especializa en reportar sobre comunidad, leyes, Estado y el impacto social del ecosistema de Bitcoin.
Conoce al autor
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Tiempo de lectura: 6 minutos
El reloj sigue corriendo para los contribuyentes españoles que tienen bitcoin en el extranjero. Fuente: Grok.

El reloj sigue corriendo para los contribuyentes españoles que tienen bitcoin en el extranjero. Fuente: Grok.

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  • El Modelo 721 aplica para los contribuyentes que posean más de 50.000 euros en criptomonedas.
  • La presentación no es sencilla, por lo que conviene contar con un asesor especializado.

Los españoles tienen menos de cuatro semanas para declarar sus bitcoin (BTC) y criptomonedas en el extranjero. España ya llegó al último mes disponible para que los contribuyentes que usan criptoactivos cumplan con el Modelo 721, el cual debe presentarse ante la Agencia Tributaria (AEAT) antes del próximo 31 de marzo.

El Modelo 721 es una declaración informativa anual. Deben presentarlo las personas físicas y jurídicas residentes en España, así como los establecimientos permanentes en territorio español de entidades no residentes.

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Su propósito es informar a la AEAT sobre los bitcoin y otras monedas virtuales situadas en el extranjero. Esto incluye a quienes sean titulares, beneficiarios, autorizados o tengan poder de disposición sobre ellas al 31 de diciembre de cada año. La obligación aplica a quienes posean criptomonedas custodiadas fuera del país con un valor conjunto superior a 50.000 euros en esa fecha.

Tener criptomonedas en el extranjero, a efectos del Modelo 721, significa poseer monedas virtuales que están custodiadas o gestionadas fuera del territorio español. Esto se refiere principalmente a criptoactivos que se encuentren en exchanges, wallets o servicios de custodia tercerizada ubicados en jurisdicciones extranjeras.

La Agencia Tributaria española considera que estas criptomonedas están “situadas en el extranjero” si el proveedor del servicio o la entidad que las custodia tiene su sede o servidores fuera de España, independientemente de dónde resida el titular.

El Modelo 721 presentarlo las personas físicas y jurídicas residentes en España. Fuente: Agencia Tributaria.

Jesús Lorente, socio director de la firma española especializada en fiscalidad de criptomonedas CL Cripto, explicó a CriptoNoticias que esta obligación abarca a titulares, beneficiarios, autorizados y titulares reales.

Lorente destacó que, si en el año 2023 ya se presentó el modelo, “será necesario volver a presentarlo si el valor de las criptomonedas ha experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto al último saldo declarado, o si se ha dejado de ser titular de alguna criptomoneda que se hubiese declarado en el primer ejercicio”. La normativa recuerda el también economista, exige precisión en los datos para evitar problemas con el Ministerio de Hacienda.

No todos los contribuyentes están obligados a presentar el Modelo 721. Lorente aclara que quedan exentos aquellos cuyos saldos conjuntos de criptomonedas en el extranjero no superen los 50.000 euros al 31 de diciembre de 2024.

También están libres de esta obligación las entidades que lleven su contabilidad conforme al Código de Comercio. Esto aplica siempre que registren las criptomonedas de forma individualizada y tengan una contabilidad desglosada por criptoactivo y exchange, comentó el especialista.

¿Cómo se declara el Modelo 721?

Para declarar el Modelo 721, se debe incluir información específica. Esto abarca la identificación del custodio y de las monedas virtuales, con la denominación completa de cada tipo de criptomoneda. Además, se reportan los saldos y la valoración.

En tanto, se indica la cantidad de cada moneda virtual al 31 de diciembre, en este caso de 2024, expresada en unidades, junto con su valoración en euros.

Para esta valoración, se toma la cotización según las principales plataformas de negociación o sitios web de seguimiento de precios. Lorente enfatiza que la exactitud en estos datos es clave.

La presentación del Modelo 721 se realiza de forma telemática y a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Lorente advierte que la presentación “no es sencilla” de realizar. Por ello, recomienda contar con un asesor especializado que ayude a completarlo. Esto permite evitar sanciones por declaraciones incorrectas.

La presentación del Modelo 721 se realiza de forma telemática y a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Fuente: Cryptobooks.

Sanciones contra los infractores

Las sanciones por no declarar el Modelo 721 o hacerlo incorrectamente varían. No presentarlo en el plazo establecido se considera una infracción tributaria leve. Esto acarrea una multa fija de 300 euros. Si se presenta voluntariamente fuera de plazo antes de un requerimiento de la AEAT, la sanción puede reducirse. Por ejemplo, con un 50% de descuento por pronto pago.

Sin embargo, si la Agencia Tributaria emite un requerimiento y el contribuyente no lo entrega, la infracción se agrava. En ese caso, la multa depende de la valoración de los datos omitidos. Por otro lado, declarar el Modelo 721 con datos incorrectos o incompletos también tiene consecuencias. La sanción es una multa fija de 150 euros.

Si se omiten datos o un conjunto de datos específicos, se impone una multa de 20 euros por registro no declarado o requerido, tras un requerimiento previo. Por declarar incorrectamente un registro, la multa es de 10 euros por cada error.

Si la omisión o presentación incorrecta es intencional o reiterada, las consecuencias pueden ser mayores. Cuando se acredita un perjuicio económico, como no declarar ganancias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la infracción se vuelve más grave. Las sanciones entonces son proporcionales al importe no declarado.

Lorente señala que esto ya no se limita al Modelo 721, que es informativo, “sino que se vincula a otras obligaciones fiscales”. Entre ellas, el IRPF o el Impuesto sobre el Patrimonio.

En resumen, las sanciones por no declarar el Modelo 721 oscilan entre 150 y 300 euros como base. A esto se suman posibles incrementos de 10 a 20 euros por registro omitido o erróneo, según el caso. Aunque son menos severas que las del antiguo Modelo 720, el incumplimiento reiterado o intencional puede derivar en inspecciones adicionales. Esto podría traducirse en sanciones más altas vinculadas a otros impuestos.

En imagen y semejanza

El Modelo 721 toma como referencia al desaparecido Modelo 720. De hecho, está creado en imagen y semejanza al mismo. Este último entró en vigencia en 2012 y fue eliminado por orden del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el año 2022.

La decisión de su eliminación se basó en que sus sanciones eran “contrarias” al Derecho de la Unión. Así lo afirmó el abogado general de la UE, Saugmandsgaard Øe, en 2022, como lo reportó CriptoNoticias.

En todo caso, la obligación de declarar criptomonedas ha generado críticas entre los usuarios y referentes del ecosistema de las criptomonedas en el país ibérico.

José Antonio Bravo, economista tributario, señaló hace tres años que la Hacienda española “somete a mayor vigilancia a los tenedores de criptomonedas que ningún país de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico”.

El Tribunal de Justicia de la UE eliminó el Modelo 720 en 2022. Fuente: TJUE.

Añadió, en ese momento, que el gobierno español quería ser pionero en la persecución a los usuarios de bitcoin y criptoactivos. “Creo que el negocio va a ser montar una oficina de expatriación”, declaró entonces Bravo.

El plazo del 31 de marzo se acerca y, en consecuencia, los contribuyentes españoles con más de 50.000 euros en criptomonedas en el extranjero deben actuar rápido. La presentación telemática y los requisitos específicos del Modelo 721 exigen atención al detalle y el hecho de contar con asesoría puede marcar la diferencia entre cumplir con Hacienda y enfrentar sanciones. Mientras tanto, el reloj sigue corriendo para los españoles con criptoactivos fuera del país.

Tags: Bitcoin (BTC)CriptomonedasEspañaEuropaImpuestosLo último
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Publicado: 05 marzo, 2025 09:02 am GMT-0400 Actualizado: 05 marzo, 2025 09:02 am GMT-0400
AUTOR
Jesús Herrera
Reportero de Comunidad
Reportero de Comunidad en CriptoNoticias. Se especializa en reportar sobre comunidad, leyes, Estado y el impacto social del ecosistema de Bitcoin.
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