Hechos clave:
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La informaciĆ³n fue publicada por la DirecciĆ³n General de Tributos del Ministerio de Hacienda.
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Estos lineamientos podrĆan aplicar tambiĆ©n para usuarios sin ciudadanĆa espaƱola.
Los ciudadanos espaƱoles que residan en el extranjero y vendan bitcoins u otras criptomonedas, utilizando una plataforma de intercambio establecida en EspaƱa, tendrĆ”n que declarar impuestos por las ganancias de cada venta ante Hacienda, segĆŗn lo que establece la Ley de este paĆs.
La DirecciĆ³n General de Tributos del Ministerio de Hacienda de EspaƱa llegĆ³ a la mencionada conclusiĆ³n en una respuesta dada a la consulta hecha por un ciudadano espaƱol, quien les planteĆ³ sus dudas con respecto al tema. Dicha respuesta y sus argumentos fueron publicados en el sitio web de la entidad gubernamental, con la finalidad de compartir esta informaciĆ³n con otras personas que pudieran tener la misma duda.
De acuerdo con el artĆculo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, son contribuyentes por este impuesto ālas personas fĆsicas y entidades no residentes en territorio espaƱol conforme al artĆculo 6 que obtengan rentas de Ć©lā; es decir que, todo aquel que obtenga rendimiento relacionado con bienes, materiales o no, situados en EspaƱa, estĆ” obligado a declarar los impuestos generados por ello ante el fisco en dicho paĆs.
Para conectar el artĆculo citado con la obligaciĆ³n de declarar impuestos en EspaƱa por la venta de bitcoins, independientemente de que el vendedor resida o no en esta naciĆ³n, es necesario conocer cĆ³mo define el organismo gubernamental a las criptomonedas o monedas virtuales y la forma en que estas son almacenadas por sus usuarios. Al respecto, el ministerio de Hacienda espaƱol adopta el concepto de monedas virtuales brindado por la Directiva del Parlamento Europeo:
ā[Las monedas virtuales son una] representaciĆ³n digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central ni por una entidad pĆŗblica, [ā¦ ] que puede transferirse, almacenarse y negociarse por medios electrĆ³nicos.ā
En cuanto al almacenamiento de bitcoins, la DirecciĆ³n General de Tributos, si bien admite que son resguardados en la red global que conocemos como blockchain, menciona tambiĆ©n que existen sitios web dedicados a ofrecer servicios de custodia y compraventa de criptomonedas. Es en conformidad con este punto que Hacienda establece que un criptoactivo puede considerarse como ubicado en EspaƱa, en el caso de que el intermediario se encuentre en este paĆs.
āLa citada moneda virtual se encuentra en territorio espaƱol cuando en dicho territorio radique la entidad con la cual se realiza dicho servicio de almacenamiento, ya que el acceso a los ābitcoinā requerirĆ” del acceso a la pĆ”gina web de la entidad y, por tanto, la necesaria participaciĆ³n de esta Ćŗltima.ā
DirecciĆ³n General de Tributos, Ministerio de Hacienda de EspaƱa.
Bajo la afirmaciĆ³n reciĆ©n mencionada, toda ganancia proveniente de la venta de criptomonedas hecha a travĆ©s de un intermediario establecido en EspaƱa, debe ser declarada ante el ministerio de Hacienda espaƱol.
Cabe destacar que los lineamientos dictados por el ente gubernamental dejan ver que estos podrĆan aplicarse no solo a ciudadanos espaƱoles en el extranjero, sino tambiĆ©n a cualquier usuario que utilice una plataforma espaƱola para vender criptomonedas. En ese caso, los posibles impuestos generados por dicha venta deberĆan declararse ante Hacienda de EspaƱa. No obstante, aĆŗn hay dudas pendientes que deben ser aclaradas con respecto a este tema.
Desde 2018, Hacienda comenzĆ³ a solicitar a ciudadanos espaƱoles informaciĆ³n sobre operaciones que estos hubieran realizado con bitcoins u otros criptoactivos, con el fin de ser incluida en su declaraciĆ³n de impuestos.