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La obligación alcanza operaciones con criptoactivos superiores a USD 5.000 anuales.
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El reporte incluye bitcoin, stablecoins, NFT, tokens y actividades como staking, lending y minería.
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) de Paraguay puso en marcha un nuevo mecanismo para fiscalizar las operaciones con criptoactivos y obtener información sobre quién los utiliza, cuánto moviliza y desde qué billeteras se realizan las transacciones. La institución asegura que la medida no busca limitar el uso de criptomonedas, sino contrastar operaciones, detectar inconsistencias y fortalecer los controles tributarios.
La medida está contemplada en la Resolución General N.º 47/2026, que establece la obligación de declarar las operaciones con criptoactivos. El reporte alcanzará a propietarios, administradores y responsables de plataformas que operen en Paraguay, así como a personas, empresas y otras entidades residentes o constituidas en el país que realicen movimientos por más de USD 5.000 al año. Este monto funciona como umbral para determinar quién debe informar y no implica que superar esa cifra genere automáticamente una obligación de pagar impuestos.
La exigencia también contempla operaciones realizadas sin intermediarios o mediante plataformas extranjeras. El concepto de criptoactivo incluye bitcoin y otros activos digitales, como tokens de valor y utilidad, stablecoins y NFT. También abarca actividades como compraventa, tenencia, intercambio, transferencias, pagos, minería, staking, lending y yield farming.
Por otro lado, la información requerida va más allá del monto de las operaciones. Los sujetos obligados deberán reportar la fecha y hora, los activos utilizados, las cantidades negociadas, el valor bruto en dólares, las comisiones y otros costos. La DNIT también podrá recibir el hash de las transacciones, las direcciones de origen y destino y el tipo de wallet utilizada.
Cuando sea posible, deberán identificarse los participantes de cada operación. En caso contrario, se reportarán las direcciones públicas, cuentas digitales o contratos inteligentes involucrados, lo que permitirá a la administración reconstruir el recorrido de determinadas transacciones en blockchain.
El director de la DNIT, Óscar Orué, señaló a ABC que la institución ya cuenta con herramientas tecnológicas para identificar a contribuyentes que operan con criptoactivos y seleccionar aquellos casos que presenten inconsistencias.
La primera declaración corresponderá al ejercicio fiscal 2026 y deberá presentarse en marzo de 2027 a través de Marangatu. Los contribuyentes alcanzados deberán incorporar previamente en el RUC la obligación 959-DJI Criptoactivos. Quienes no estén inscritos deberán registrarse. La presentación fuera de plazo tendrá una multa de G. 1.000.000, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas. La DNIT también podrá solicitar información adicional a contribuyentes, terceros y entidades públicas o privadas durante sus procesos de control y fiscalización.
La medida, sin embargo, genera debate por el nivel de información solicitado. Analistas considera excesivo el grado de detalle exigido y cuestionan la percepción de que las criptomonedas sean especialmente opacas. El economista español José Antonio Bravo, especialista en fiscalidad de criptoactivos, dijo a ABC que su trazabilidad puede facilitar la detección de delitos financieros, aunque también plantea retos relacionados con la privacidad y la seguridad.








