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La legislación provincial no deja claro lo que entiende como criptomoneda.
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Especialistas rechazan la norma que da la espalda a la industria e incentiva el comercio informal.
La Provincia de Córdoba, en Argentina, modificó su Código Tributario para incluir en Ingresos Brutos “la prestación de servicios de cualquier naturaleza, vinculados directa o indirectamente con operatorias relacionadas con monedas digitales”. Con ello, impondrá una tasa entre 4,5% a 6,5% sobre los ingresos obtenidos por exchanges, traders y comerciantes individuales que operan con bitcoin, Ethereum y otras criptomonedas en la provincia.
La modificación contemplada en el boletín oficial de la provincia, también incluye a los prestadores de servicios con criptomonedas que operan en el exterior. En este caso, el impuesto se cobraría por cada usuario que opere desde Córdoba. Igualmente pasarán a tributar una alícuota especial del 0,25% los individuos o figuras jurídicas de la provincia que reciban transacciones en criptomonedas en carácter de pago por la venta de un bien o la prestación de un servicio.
El nuevo tributo ha recibido fuertes críticas y comentarios generales ya que la normativa deja dudas y zonas grises. Entre las críticas destaca la de Marcos Zocaro, un especialista en tributación y regulación de criptomonedas, quien publicó un documento desde el Centro de Estudios de Administración Tributaria (Ceat), en el que expone una serie de advertencias sobre las imprecisiones en las que cae la reforma al Código Tributario provincial.
Zocaro plantea que en la reforma se intenta definir el concepto de moneda digital, pero no se efectúa una correcta diferenciación de los diferentes tipos de criptoactivos. Según lo que comenta, “se les da el mismo tratamiento a criptomonedas como bitcoin (sin activo subyacente) que a las stablecoins y los security tokens (que pueden representar un valor negociable tradicional, como, por ejemplo, una acción)”.
Otra preocupación surge con respecto a la base imponible contemplada en el artículo 185 del instrumento tributario. Este artículo sostiene que “en los casos que la actividad desarrollada sea retribuida con monedas digitales, el importe no podrá ser inferior al valor de mercado -emergente de la oferta y demanda- en cada sitio de moneda digital al momento en que se devenga o perciba, según corresponda, la operación”.
Sobre este punto Zocaro se pregunta ¿cuál será el valor de mercado de bitcoin que se debe considerar para fijar el impuesto? Agrega que la norma no toma en cuenta que la cotización de las criptomonedas, varía entre los diferentes exchanges y demás prestadores de servicios.
Otro aspecto que observó el especialista está relacionado con el término “sitio de moneda digital” que se menciona en el artículo 185 del Código Tributario. Pero “¿qué debe entenderse concretamente por sitio de moneda digital? ¿Se refiere justamente a los exchanges o a otro tipo de “sitios”? Las características particulares de estos mercados requerirán de la existencia mayores definiciones reglamentarias, a los efectos de evitar innecesarios conflictos con la administración tributaria”, apunta Zocaro.
También hay preocupaciones con que el Fisco ahora queda facultado para requerir información de los usuarios de Córdoba que operan en exchanges y otras plataformas de servicios con bitcoin y otras criptomonedas. Esto se debe a que el artículo 47 del Código Tributario obliga a los contribuyentes, responsables y terceros a “presentar en tiempo y forma la declaración jurada informativa relacionadas con operaciones realizadas con monedas digitales”.
Que la normativa de la provincia de Córdoba no ofrezca claridad no es algo de extrañar, dado que a nivel nacional ocurre una situación similar, ya que las criptomonedas están alcanzadas por los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales, en la que tampoco hay claridad. “La reforma se hizo en 2018 y hasta ahora la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) no emitió su opinión sobre cómo interpretar la letra de la ley”, destacó Zocaro.
En Argentina, la adopción de bitcoin y otras criptomonedas está en auge. Es la consecuencia de una población afectada por la inflación y devaluación de la moneda nacional que ha encontrado refugio en los criptoactivos.
En medio de ello, los organismos reguladores han planteado la necesidad de establecer un marco normativo aplicable a las criptomonedas. Por ello, existen varios proyectos de ley sobre los que existe polémica por su falta de claridad. Sin embargo, un impuesto sobre las actividades con criptomonedas para los residentes de Córdoba, que pueda replicarse en otras provincias de Argentina, es algo que también genera preocupación.
«Todavía no está en vigencia, no salió la resolución. Pero cuando salga, los exchanges van a subir el precio, inicialmente para el mercado cordobés. Todos los que tengan la mala suerte de verse afectados pagarán más por comprar criptomonedas», señaló Andrés Salamone, presidente de la ONG Bitcoin Córdoba en conversación con medios argentinos.
Salamone añade que Argentina debería estar sumando esfuerzos para generar una política de Estado y pasar a ser un jugador relevante del mundo cripto. Pero en lugar de estar fomentando las inversiones en este negocio, se están desincentivando. Además, señala que el talento informático que abunda en Córdoba terminará migrando a otras provincias o hasta el exterior, pues ninguna empresa del sector va a querer radicarse allí.
Por otra parte, el emprendedor argentino Manuel Beaudroit, conocedor del ecosistema, dijo que se generará un desdoblamiento pronunciado en el mercado de divisas virtuales como existe hoy con el dólar. Según él, los exchanges que reportarán sus movimientos a la AFIP y Banco Central, se convertirán en entes oficiales y tendrán una cotización aún mayor que las plataformas P2P, que están posicionados en el exterior, apuntan los medios locales.
De hecho, Zocaro coincide en que provocará que la «compraventa de estos activos se mantenga en la informalidad en un porcentaje considerable para evitar el pago del impuesto».
Incluso hay quien piensa que se generará un bitcoin blue que afectará a todos los usuarios. Esto debido a que habrá más operaciones no declaradas, fuera del alcance del fisco, al igual que el dólar informal. Además, se dice que la medida incentiva las operaciones entre pares (P2P) para operar por debajo del radar de los reguladores y sin impuestos.
En Argentina, el pago de impuestos relacionados con criptomonedas, también causó polémica en noviembre del año pasado. Como informó CriptoNoticias Mercado Pago anunció que comenzaría a cobrar el impuesto al cheque que hasta ese momento estaba exento de sus servicios. Por esa razón, al transferir pesos desde la cartera virtual a cuentas bancarias de terceros para comprar bitcoin y otras criptomonedas, se debe incluir el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias.