-
¿La Ley Bitcoin de El Salvador atenta contra la libertad?
-
¿Qué pasa si los salvadoreños no quieren aceptar bitcoin?
La ley recientemente aprobada en El Salvador, que reconoce a bitcoin (BTC) como dinero de curso legal en esa nación, ha levantado diversas opiniones, algunas a favor, pero también en contra.
Expertos han puesto la lupa, específicamente, sobre la libertad de aquellos que no quieran aceptar a la criptomoneda como método de pago, cuando la nueva legislación lo hace obligatorio en su artículo 7.
Las redes sociales como Twitter, han sido el lugar al que muchos han recurrido para exponer sus alegatos en contra de la llamada Ley Bitcoin.
Uno de ellos fue George Selgin, economista estadounidense y director del Centro de Alternativas Monetarias y Financieras (CATO, por sus siglas en inglés). Este organismo con sede en Washington, se encarga de revelar las deficiencias de los sistemas regulatorios monetarios y financieros centralizados y de promover las ideas libertarias.
Selgin, en una serie de tuits, señala que la ley es una «victoria» para Bitcoin, pero pone en duda que vaya en favor de la libertad.
La ley «socava la libre elección»
Selgin se declara defensor de la libre elección de moneda y de las alternativas del mercado privado a las monedas oficiales. Sin embargo, no cree que deba celebrarse la aprobación de la Ley Bitcoin, especialmente por los artículos 7 y 13, pues considera «socavan la libre elección de moneda en lugar de promoverla».
Según el artículo 13 de la Ley Bitcoin «todas las obligaciones en dinero expresadas en USD, existentes antes de la fecha de vigencia de esta ley, pueden pagarse en bitcoins».
El experto considera que el artículo «no está menos reñido tanto con la libre elección de moneda como con la libertad de contratación, ya que las leyes de curso legal pasadas permitían que los contratos de pago en especie se liquidaran utilizando dinero fiduciario».
Con el artículo 7, Selgin fue más severo, al decir que es «mucho peor». Dicho artículo reza que «todo agente económico debe aceptar bitcoin como pago cuando se lo ofrezca quien adquiera un bien o servicio».
Por su parte, Selgin cree el artículo obliga a los comerciantes aceptar BTC como pago, incluso si prefieren que se les pague en USD. «Muy pocos países tienen leyes de curso legal tan draconianas, que en el pasado fueron el último recurso de gobiernos desesperados», agregó.
Selgin culminó su hilo en Twitter asegurando que encontraba «abominable el espectáculo» y además espera que los que ahora «celebran» lo reconsideren y denuncien públicamente los artículos 7 y 13 de la nueva ley.
Expertos creen que la Ley Bitcoin «atenta contra la libertad»
Una observación similar a la de Selgin, la tiene el abogado argentino Víctor Castillejo Arias, en una charla cubierta por CriptoNoticias, denominada »Bitcoin: moneda de curso legal en El Salvador».
«El artículo 7 habla de la aceptación forzosa. Esto quiere decir que toda persona que participe de la economía tiene que aceptar bitcoin. Eso genera muchos problemas y hay que ver cómo se aceita la maquinaria para que eso funcione. No todo el mundo quiere aceptar bitcoin», explicó Castillejo Arias.
Sin embargo, el artículo 12 indica que quedan excluidos de la obligación expresada en el artículo 7, quienes por hecho notorio y de manera evidente no tengan acceso a las tecnologías que permitan ejecutar transacciones en bitcoin.
En tal sentido, Castillejo Arias consideró que va a ser «contencioso, pero es una exención necesaria». En este sentido, agregó que «las personas en vulnerabilidad extrema no pueden aceptar bitcoin. En cambio, las empresas pueden mitigar para no aceptar bitcoin como moneda y ampararse en este artículo».
Por su parte, Martin Litwak, abogado argentino especializado en planificación patrimonial internacional, también manifestó su posición sobre la Ley Bitcoin de El Salvador, a través de Twitter.
Litwak expresó que está a favor de las criptomonedas, pero en contra de decisión del presidente de El Salvador, Nayib Bukele con respecto al bitcoin.
«Dado que todo lo que no está prohibido, está permitido; el permiso gubernamental no era necesario para ‘legalizar’ el uso de criptomonedas», indicó el abogado. Además, Litwak opinó que «obligar» a las personas a recibir criptomonedas «atenta contra la libertad de ellas».
Agregó el abogado que las criptomonedas no deberían regularse como monedas sino como una categoría de activos en sí misma.
Sobre la declaración de Litwak, es importante aclarar el concepto de «moneda de curso legal». Se trata de la forma de pago, definida por la ley de un Estado, que se ha declarado aceptable como medio de cambio y forma legal de cancelar las deudas.
En El Salvador no se legalizó el uso de criptomonedas (pues no era ilegal), sino que se lo declaró dinero de curso legal, algo completamente diferente.