-
El gremio de contadores elaboró un boletín preliminar para "la tenencia de criptoactivos".
-
La recepción de propuestas y recomendaciones culminará el viernes 31 de enero.
La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, a través de la Comisión Especial de Criptoactivos, dio a conocer una normativa preliminar que definiría los lineamientos contables para la tenencia y presentación de estados financieros medidos en criptomonedas.
El documento de 21 páginas es un borrador que el organismo pasó a consulta pública en Internet, a fin de que se aporten sugerencias y recomendaciones hasta el próximo viernes 31 de enero.
El proyecto de normativa fue identificado como «Tratamiento contable de la tenencia de criptoactivos en los estados financieros preparados de acuerdo con VEN-NIF (normas de información financiera de Venezuela) y la presentación de estados financieros medidos en criptoactivos».
En el documento, el gremio de contadores ve tres enfoques contables diferentes que pueden aplicarse a las criptomonedas. El primero abarca aquellos «emprendimientos para el desarrollo y creación de criptoactivos», como los que tienen que ver con las Ofertas Iniciales de Moneda (ICO), el segundo está relacionado con los mineros, aunque en el documento los especifican como «el descifrado de algoritmos que faciliten la creación de criptoactivos». El tercer enfoque menciona «la tenencia de criptoactivos bien sea en posesión de su creador o de un tercero», como los servicios de custodia.
Sobre la propuesta de normativa la federación fue clara al decir lo siguiente:
El trabajo con el desarrollo de este boletín debe ser considerado como la primera fase de emisión de normas de información financiera estructuradas que permitan, no solo abordar el enfoque contable objetivo inicial del presente boletín, sino las distintas actividades vinculadas en el ecosistema para el creador de la cadena de bloques, el preminado inicial y la actividad de minería.
Intención de uso habitual
El estudio otorga cuatro clasificaciones a las criptomonedas según su «intencionalidad de uso habitual». Esto incluye usarlas como medio de intercambio para la obtención de bienes y servicios, ser revendidas en operaciones, mantenerlas (holdear) y un «uso restringido por decisiones no originadas por la entidad».
Otro punto llamativo es que la propuesta para el reconocimiento, medición, presentación y revelación de las actividades con criptomonedas aborda a las «entidades tenedoras de sus propios criptoactivos», es decir, aquellas entidades (empresas o personas) que reciben en sus monederos fondos que son manejados a su discreción.
La federación también resaltó que las empresas o personas deben identificar la intención de uso que darán al activo digital, lo que debe quedar claramente definido desde el inicio y durante todo el proceso de tenencia de las criptomonedas.
El proceso para recibir propuestas y recomendaciones sobre estos lineamientos, asentados en el Boletín de Aplicación de los VEN-NIF número doce, versión cero (BA VEN-NIF N° 12 Versión No. 0), estará abierto para la participación de todas aquellas personas o instituciones que deseen aportar comentarios. Los interesados pueden ingresar al formulario dispuesto por el gremio de contadores públicos de Venezuela.
No quedó claro si estas disposiciones preliminares ya fueron presentadas ante la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip) o serán enviadas al ente supervisor una vez que culmine el proceso de consulta y redacción definitiva.
Sunacrip y normas técnicas
La elaboración de esta normativa fue delegada en diciembre del año pasado a la Federación de Colegios de Contadores por parte de la Sunacrip, que será la entidad con la última palabra sobre los lineamientos que de ella se deriven. La superintendencia había indicado que los registros contables serían sometidos a las normas técnicas de la federación, con su autorización.
La decisión de la Sunacrip se produjo cinco semanas después de que, en noviembre del 2019, la federación emitiese un comunicado en el que indicó que no había un instrumento legal que exigiera la presentación de registros contables en criptomonedas y que no había certeza sobre su contenido.
A principios de noviembre del 2019 el gobierno de Venezuela anunció que era de carácter obligatorio que se llevara una doble contabilidad, en bolívares y en petros, para personas naturales y jurídicas. Sin embargo, en el documento de la federación solo se menciona una vez al petro. Mientras Bitcoin, la principal criptomoneda del mercado, no es mencionada.
Estas decisiones de la Sunacrip buscarían cubrir todos los frentes relacionados con el uso, registro y declaración de criptomonedas en Venezuela, especialmente lo relacionado con el petro, un supuesto proyecto de criptomoneda cuyo uso el gobierno del país suramericano intenta masificar entre los venezolanos.