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Las empresas argentinas tendrán que registrarse explícitamente como PSVA.
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La CNV busca reducir incertidumbre y reforzar la seguridad jurídica para empresas y usuarios.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) de Argentina publicó el Criterio Interpretativo N.º 97, que especifica con mayor claridad los requisitos que deben cumplir las sociedades para inscribirse como Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) en el país.
De este modo, la CNV establece que las sociedades argentinas deberán reflejar en su estatuto social la prestación de servicios como PSAV. El organismo aclara que no se aceptarán formulaciones vagas o ambiguas, para brindar mayor claridad y seguridad jurídica a empresas, reguladores y usuarios.
Para las sociedades extranjeras, la CNV permite que la empresa matriz indique, de forma explícita, que realiza actividades como PSAV, siempre que esto sea compatible con la normativa de su país de origen y con las operaciones que llevará a cabo su sucursal en Argentina.
El Criterio Interpretativo N.º 97 también se aplica a las empresas ya registradas bajo la Resolución General N.º 994, que en marzo de 2024 creó el Registro de PSAV, obligando a inscribirse a todas las personas físicas y jurídicas, locales o extranjeras, que realicen actividades como proveedores de servicios de activos virtuales.
La normativa también establece que el estatuto social vigente debe publicarse en la Autopista de la Información Financiera (AIF), plataforma oficial del gobierno argentino destinada a centralizar y publicar información financiera relevante, presentando el texto completo y debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio.
Con estas pautas, la CNV apunta a fortalecer la regulación de los PSAV, simplificar los procesos de supervisión y fomentar un desarrollo ordenado y transparente de los servicios relacionados con activos virtuales en Argentina.
También es importante mencionar que, recientemente, la entidad avanzó en la regulación de la tokenización de activos mediante la Resolución General N.º 1081, la cual incorpora una segunda etapa del Régimen de Tokenización.
Como reportó CriptoNoticias, esta ampliación permite que acciones —incluidas aquellas cotizadas en más de una bolsa—, obligaciones negociables y CEDEAR (instrumentos que representan acciones extranjeras y se transan en pesos en el mercado local) puedan representarse digitalmente como tokens, conocidos como RWA (activos del mundo real), integrándose al marco regulatorio argentino.
El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que este programa posiciona al país austral a la vanguardia regional e internacional. La normativa garantiza que los inversores puedan reemplazar en cualquier momento la representación electrónica de los valores por modalidades tradicionales, consolidando así un mercado de activos digitales más formalizado y supervisado.