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Exchanges de bitcoin tendrán que cumplir una serie de requisitos antes de operar en Colombia.
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El gobierno tendrá que organizar una serie de sandboxes para proveedores de servicios con bitcoin.
ACTUALIZACIÓN 31/05/23: Se agregaron datos sobre la aprobación del proyecto en una comisión del Senado.
El pasado martes 29 de noviembre se aprobó por unanimidad en la plenaria de la Cámara de Representantes de Colombia el proyecto de ley que busca regular las operaciones de los exchanges de bitcoin (BTC) y criptomonedas en ese país.
Se trata de un hito en la nación colombiana, donde el ecosistema de Bitcoin ha tenido un crecimiento sostenido.
El proyecto, ya fue revisado por la Comisión Sexta del Senado de la República de Colombia, que lo aprobó en tercer debate el 30 de mayo de 2023. El próximo paso, antes de convertirse en ley, es pasar a discusión en la plenaria del Senado de Colombia.
Fue elaborado por el ya excongresista Mauricio Toro, y rescatado por el diputado Julián López. Este último garantizó que, con el proyecto de ley, los exchanges y otras plataformas ligadas a Bitcoin en Colombia se pondrán «serias» y dejarán de «tumbar» a los usuarios colombianos que invierten su dinero.
La propuesta cuenta con 8 páginas y un total de 15 artículos, en los cuales se presenta todo un marco jurídico para regular las plataformas que ofrecen servicios relacionados con las criptomonedas en suelo colombiano.
¿Qué hay debajo del capó del proyecto de ley?
Para responder esta pregunta, CriptoNoticias revisó el documento legislativo, disponible en el sitio web de la Cámara de Representantes del Congreso de Colombia para su descarga.
1. Autonomía para usuarios de bitcoin
Un primer punto que resalta el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes del Congreso de Colombia es la autonomía que pesa sobre los usuarios de criptomonedas. Esto está enmarcado en el artículo 3 del reglamento.
Si bien está enfocado en los exchanges, la legislación procura hacer la salvedad de que la inversión y el manejo de los criptoactivos dependen de los propietarios.
«Las reglas, valores y demás aspectos propios de los criptoactivos no son parte del alcance y objetivos de la presente ley, y pertenecen al ámbito privado de los usuarios», dice el documento.
El proyecto de ley aprovecha para aclarar que los usuarios deben «procurar por informarse» de los riegos relacionados a la negociación con criptomonedas y “activos de cualquier clase”.
2. Exchanges deben operar con KYC
El proyecto de ley N° 139 del 2021, dirigido a las casas de intercambio de criptomonedas, establece en su artículo cuarto una serie de requisitos a las empresas que quieren comenzar a operar en Colombia.
En detalle, los denominados «Prestadores de Servicios de Intercambio de Criptoactivos» deben constituirse como una sociedad comercial en Colombia y estar inscritos en el registro mercantil del país.
Asimismo, deben establecer un programa que permita asegurar la «disponibilidad y funcionalidad» de los sistemas informáticos de las plataformas, «protegiendo dichos sistemas y toda información almacenada en los mismos, del acceso, uso y manipulación no autorizado».
El proyecto de ley también obliga a los exchanges a implementar mecanismos de control para evitar el lavado de dinero y otros delitos. Esto quiere decir que toda plataforma que opere con criptoactivos en Colombia debe contar, como mínimo, con el protocolo conoce-tu-cliente (KYC).
Por si fuera poco, la empresa que quiera operar legalmente en Colombia deberá estar de acuerdo con entregar la información sobre cuentas y usuarios que sea requerida por la Unidad de Información y Análisis Financiero de la Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera).
3. Crearán un registro único de plataformas
El proyecto de ley reciente aprobado por los diputados del Congreso de Colombia establece la creación del llamado Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (RUPIC).
Este será un listado en donde aparezcan todas las casas de intercambio de criptomonedas que quieran operar legalmente en Colombia. El registro estará supervisado y administrado por las Cámaras de Comercio del país, aunque será la Superfinanciera la que determine la información que deberá registrarse ante el RUPIC.
Este registro rememora al Registro Integral de Servicios con Criptoactivos (RISEC), actualmente vigente en Venezuela, regido por la Superintendencia de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip). Es básicamente lo mismo a su par colombiano: un listado de las empresas ligadas a Bitcoin que operan en la nación bajo la supervisión de un ente gubernamental.
4. Exchanges no podrán transferir, prestar o gravar criptoactivos en custodia
En su artículo 9, el proyecto de ley presenta limitaciones para las casas de intercambio de criptomonedas que operen en Colombia. Es así como los exchanges y otras plataformas tienen prohibido transferir, prestar o gravar los criptoactivos que estén bajo su custodia.
Asimismo, no pueden desarrollar actividades comerciales de mercadeo en red o multinivel con criptoactivos. Tampoco pueden permitir que en sus plataformas se distribuyan activos a través de estas actividades.
Las plataformas ligadas a bitcoin en Colombia también tienen prohibido realizar «cualquier conducta» que derive en la captación masiva de clientes.
5. Supervisión, control y vigilancia a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio
De acuerdo con la propuesta de ley, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) será la encargada de vigilar, controlar y supervisar las operaciones de los exchanges de criptomonedas y otras plataformas relacionadas.
Vale aclarar que en el primer borrador se presentaba a la Superintendencia Financiera de Colombia como el organismo que se encargaría de vigilar las operaciones de los exchanges.
Y es que antes de que se aprobara este proyecto de ley en la Cámara de Representantes, esa agencia de gobierno, que vigila las operaciones financieras en Colombia, tuvo planes de lanzar una regulación para los exchanges.
Como lo reportó CriptoNoticias en junio de este año, la Superfinanciera estaba por publicar un borrador de proyecto para regular las transacciones y operaciones con criptomonedas. Dicho escrito, sin embargo, nunca llegó a publicarse.
6. El gobierno de Petro tendrá que organizar sandboxes
Un punto relevante de este proyecto de ley es que el gobierno de Gustavo Petro, que tiene poco más de 100 días instaurado, tiene la obligación de organizar una serie de sandboxes. Esto es para que los prestadores de servicios de criptoactivos puedan probar productos, servicios y otras soluciones, bajo la supervisión de la Superfinanciera.
El documento aclara que al cabo de un año luego de que se promulgue la ley, el gobierno tendrá la responsabilidad de llevar adelante esta unión de actores de la industria de la economía digital. No es algo nuevo, ya que en Colombia ya se realizó un sandbox regulatorio, del cual hablamos en CriptoNoticias.
La propuesta de ley establece que cada sandbox tendrá la duración máxima de un año «y podrá contar con la participación de otras autoridades administrativas pertinentes al objeto de la prueba, de representantes de los consumidores y de otros participantes que no se restrinjan a prestadores de servicios de intercambio de criptoactivos», explica el documento.
«Sin perjuicio de otros aspectos, en los sandboxes se evaluará el diseño, funcionamiento técnico, mantenimiento, facilidad de utilización, seguridad de los datos, implementación y gestión de riesgos de los participantes con los que operará cada prestador de servicio con criptoactivos», dice el proyecto de ley.
¿A quiénes aplicará la ley?
Como bien lo aclaran, el proyecto de ley de regulación aplicará, primeramente a los exchanges y a otras plataformas que tengan su sede en Colombia. Sobre ellos pesarán los requisitos que resaltamos más arriba en este artículo.
Sin embargo, también alcanzará a las empresas internacionales, como Binance o LocalCryptos, por ejemplo, que también tienen operaciones asentadas en el país del café.
Es así como Buda Exchange, Panda Exchange, LocalBitcoins, CoinEx, PaxFul, por mencionar algunos, tendrán que regirse ante la nueva legislación para seguir operando en Colombia.
Es bueno aclarar que todavía falta para que la ley entre en vigencia. Si bien ya fue aprobada por la Cámara Baja, ahora es el turno del Senado de discernir al respecto.
Si se aprobase en la Cámara Alta, ya luego el escrito podría pasar a la firma del Ejecutivo, controlado por Gustavo Petro. Esto es determinante, pues el mandatario tendrá la decisión final sobre este proyecto.
Si Petro siguiera los pasos de los presidentes de Paraguay y Panamá, respectivamente, es posible que el proyecto de ley termine siendo rechazado. Sin embargo, la realidad pudiera ser otra, pues el primer presidente izquierdista de Colombia ha mostrado cierto interés por el ecosistema de Bitcoin.
Solo el tiempo lo dirá. En CriptoNoticias seguiremos informando al respecto.