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Un individuo dejó un NFT como colateral para un préstamo y la contraparte decidió liquidarlo.
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La Justicia reconoció la propiedad del activo y prohibió su comercio hasta la resolución del caso.
En una disputa casi inédita, una corte de Singapur le reconoció a una persona sus derechos como propietario de un token no fungible (NFT). Se trata del N°2162 de la reconocida colección Bored Ape Yacht Club. Como consecuencia, se habilitaron así diversas medidas para protección del token, como la prohibición de su venta.
La Justicia singapurense intervino en una disputa por la propiedad de un NFT entre dos personas. El activo digital había sido colocado como colateral en un préstamo, y un desacuerdo entre las partes llevó a que ambos reclamen su propiedad.
La decisión del juez ante esto fue reconocer la propiedad del NFT a su dueño «original», es decir a quien solicitó el préstamo y lo usó como colateral. La otra persona (cuyo nombre de usuario en el marketplace Opensea es cheffpierre) tiene prohibido colocar el token a la venta, algo que ya había hecho. De todos modos, permanece con el NFT en su poder.
La resolución judicial establece que «caracterizar las NFT como mera información ignoraría la relación única entre los datos codificados y el sistema de cadena de bloques que permite la transferencia de estos datos codificados de un usuario a otro de manera segura y verificable».
El hecho de que los NFT no se incluyan en las categorías tradicionales que definen la propiedad no implica que estos no encuadren dentro de otros tipos de propiedad para definir el patrimonio de una persona, explicó el abogado Pedro Breuer mediante un hilo en la red social Twitter.
El especialista detalla además que, según el criterio de la Justicia de Singapur, los NFT cumplen con ciertas condiciones para ser apropiables. Por ejemplo, se los puede aislar e identificar del resto, hay un propietario que posee acceso a ellos, son activos potencialmente deseables y cuentan con cierto grado de estabilidad y permanencia.
Detalles del caso
La resolución de la Justicia singapurense, más precisamente del juez Lee Seiu Kin J., surge a partir del pedido de una persona (Janesh Rajkumar) que dice haber perdido la propiedad de su NFT tras haber obtenido un préstamo usándolo como colateral.
Luego de un desacuerdo con el prestamista con respecto a una prórroga para el pago de la deuda, este decidió ejercer la cláusula de retención del NFT. Por eso, Rajkumar solicita que esta otra persona no pueda usar ni vender este token hasta que se resuelva la disputa. Cheffpierre ya lo había publicado para la venta en la plataforma Opensea.
Quien realiza la demanda adquirió ese NFT el 6 de agosto de 2021, a cambio de 15,99 ether (ETH), equivalentes a USD 46.200 en ese entonces y a USD 21.500 al momento de redacción de este artículo, según el índice de precios de CriptoNoticias. El 18 de mayo de 2022 lo transfirió a quien ahora le disputa su tenencia, cheffpierre.
Los órganos judiciales de diversos países reciben cada vez más peticiones relacionadas con NFT. En julio, en este periódico se reportó cómo la Justicia del Reino Unido había aceptado una demanda tokenizada en un caso de presunto fraude.