Hechos clave:
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El juez dijo que la plataforma de videos no es responsable de lo que publican los usuarios.
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Los videos que mostraron el rostro de Wozniak sin su permiso, solicitaron un depósito en bitcoin.
El cofundador de Apple, Steve Wozniak, perdió la demanda que había presentado contra YouTube por haber permitido que circularan video con su imagen y nombre en estafas con bitcoin del tipo «giveaway».
Un juez del Estado de California, al occidente de Estados Unidos, dictaminó que Wozniak no tiene argumentos suficientes para responsabilizar a la plataforma de videos de publicaciones que hacen los usuarios. Los videos, bajo la fachada de publicidad, pretenden capturar incautos, haciendo falsas promesas a cambio de bitcoin, según informó Bloomberg este jueves 3 de junio.
El año pasado Wozniak introdujo la demanda en la corte estatal de San Mateo, en California, en conjunto con 17 personas afectadas por la difusión de videos en los que se usa su identidad con fines fraudulentos. Como informó CriptoNoticias en ese momento, los demandantes solicitaban que el tribunal obligara a YouTube y a su empresa matriz, Alphabet, a eliminar los videos y advertir a los usuarios sobre la estafa.
Wozniak señalaba en su demanda que la estafa en sí fue «un fraude probado y verdadero», en el que los atacantes solicitaban un depósito en bitcoin a cambio de obtener una recompensa mayo. Pero una vez que los usuarios realizaron sus transacciones, nunca recibieron nada a cambio, ni siquiera una devolución del monto transferido.
Fue el mismo método implementado durante el hackeo masivo de Twitter. Más tarde, el «cerebro» que estuvo detrás de esta operación fue sentenciado a tres años de cárcel.
Sin embargo, en el caso de Wozniak contra YouTube, el fallo provisional del juez Sunil R. Kulkarni ordenó que YouTube conservara su inmunidad frente a la demanda. Dijo que los argumentos de Wozniak no fueron suficientes porque la plataforma y su empresa matriz están protegidos por la ley federal de los Estados Unidos.
En ese sentido, el juez hizo referencia a la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, la cual libra a los sitios de redes sociales de la responsabilidad del contenido publicado por los usuarios, como apunta el fallo provisional publicado el miércoles 2 de junio. Aun así, Wozniak recibió 30 días adicionales para revisar su queja, de acuerdo con lo informado por el referido reporte.
¿Quién le pondrá freno a las publicaciones que piden bitcoin a cambio de nada en YouTube?
Si la Sección 230 protege a las plataformas de redes sociales, no queda del todo claro quién protegerá a los usuarios que ni siquiera son advertidos con un descargo de responsabilidad o un aviso de que corren riesgos ante el contenido que están observando. Tampoco queda claro por qué la plataforma ha censurado actividades que involucra a la comunidad de bitcoin o videos relacionados con la criptomoneda.
«Parece entonces que el celoso algoritmo de YouTube está siendo mucho más exitoso en censurar el contenido informativo, educativo y de análisis de diferentes canales de criptomonedas, que en eliminar el contenido fraudulento relacionado con las mismas. Esto a pesar de la ilegalidad del hecho y del riesgo que representa para los usuarios», señala un artículo publicado en este medio, donde se analiza en detalle la doble moral en la aplicación de censura en la plataforma de videos.