La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) y el Departamento de Justicia (DOJ) de Estados Unidos emitieron respuestas en torno a la supuesta vaguedad de las leyes norteamericanas en cuanto a la catalogación como valores de ciertos tokens producto de Ofertas Iniciales de Moneda (ICO). Según ambas instituciones, puede haber vaguedad en la ley, pero eso no justifica en ningún caso el fraude.
Estas instituciones desestimaron los reclamos sobre la vaguedad de las leyes en torno a la calificación como valores sobre ciertos tokens. El responsable de dichas quejas fue Maksim Zaslavskiy, quien aseguró que as leyes de valores estadounidenses no se aplican a la venta de tokens de dos empresas acusadas. Según explicó, una estaba respaldada por bienes reales y la otra por tenencias de diamantes.
La acusación contra Zaslavskiy es del pasado mes de septiembre, cuando la SEC denunció que REcoin y Diamond Reserve Club fueron estafas, al apoyarse en bienes raíces y diamantes que jamás han sido registrados. Zaslavskiy se declaró no culpable de fraude con valores por este caso, y estos reclamos son parte de su defensa. Por ahora, su caso ante la SEC ha entrado en receso para ver como se resuelve su pleito con el DOJ, iniciado en noviembre.
Las ICO de REcoin y Diamond son «valores» porque son «contratos de inversión» en el sentido de las leyes de valores. El demandado intenta refundir REcoin y Diamond, que llama «criptomonedas», como «monedas», que están exentas de la definición de «valores».
Respuesta al alegato de Zaslavskiy
Según Zaslavskiy, estos dos tokens no son valores bajo la legislación estadounidense, pues aseguró que esta es más bien “vaga” al respecto. Sin embargo, los fiscales rechazaron esta afirmación, agregando que ambas fichas caen bajo la prueba de Howey. «Ahora que enfrenta un juicio por fraude de valores, el demandado alega que su «oportunidad de inversión» no fue una inversión en absoluto: era simplemente una venta de una moneda respaldada por una mercancía, primero bienes raíces (REcoin) y luego diamantes (Diamante)”, enfatiza el documento del DOJ.
Según las autoridades, Zaslavskiy alegó que “las leyes de valores no le han hecho ver que su conducta fue ilegal”, esto a pesar de que en la ICO “había asegurado a sus inversionistas que estaba en pleno cumplimiento de la ley (…) su reclamo debe ser denegado”, enfatiza el DOJ.
Por su parte, la SEC insistió en que tiene un interés “primordial” en la aplicación de las leyes sobre cualquier tipo de valores y aumentos de capital, sin importar “cualquiera que sea la terminología o tecnología utilizada”. Para la SEC, “la inversión que el demandado ofreció y vendió se encuadra dentro del ámbito de las leyes federales de valores. Por las razones anteriores, así como aquellas presentadas en el escrito del Gobierno, la moción del Demandado debe ser denegada”, se lee en las conclusiones de su reporte.
De esta manera, el pleito contra Zaslavskiy parece dirimirse como un fraude, y ambas instituciones empiezan a fijar de manera más clara su posición en este tema. Toda ICO que libere valores en sus tokens deberá cumplir con las leyes, sin importar su posible vaguedad en las definiciones.