La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) y el Departamento de Justicia (DOJ) de Estados Unidos emitieron respuestas en torno a la supuesta vaguedad de las leyes norteamericanas en cuanto a la catalogación como valores de ciertos tokens producto de Ofertas Iniciales de Moneda (ICO). Según ambas instituciones, puede haber vaguedad en la ley, pero eso no justifica en ningún caso el fraude.
Estas instituciones desestimaron los reclamos sobre la vaguedad de las leyes en torno a la calificación como valores sobre ciertos tokens. El responsable de dichas quejas fue Maksim Zaslavskiy, quien aseguró que as leyes de valores estadounidenses no se aplican a la venta de tokens de dos empresas acusadas. Según explicó, una estaba respaldada por bienes reales y la otra por tenencias de diamantes.
La acusación contra Zaslavskiy es del pasado mes de septiembre, cuando la SEC denunció queĀ REcoin y Diamond Reserve Club fueron estafas, al apoyarse en bienes raĆces y diamantes que jamĆ”s han sido registrados. Zaslavskiy se declaró no culpable de fraude con valores por este caso, y estos reclamos son parte de su defensa. Por ahora, su caso ante la SEC ha entrado en receso para ver como se resuelve su pleito con el DOJ, iniciado en noviembre.
Las ICO de REcoin y Diamond son «valores» porque son «contratos de inversión» en el sentido de las leyes de valores. El demandado intenta refundir REcoin y Diamond, que llama «criptomonedas», como «monedas», que estÔn exentas de la definición de «valores».
Respuesta al alegato de Zaslavskiy
SegĆŗn Zaslavskiy,Ā estos dos tokens no son valores bajo la legislación estadounidense, pues aseguró que esta es mĆ”s bien āvagaā al respecto. Sin embargo, los fiscales rechazaron esta afirmación, agregando que ambas fichas caen bajo la prueba de Howey. Ā«Ahora que enfrenta un juicio por fraude de valores, el demandado alega que su Ā«oportunidad de inversiónĀ» no fue una inversión en absoluto: era simplemente una venta de una moneda respaldada por una mercancĆa, primero bienes raĆces (REcoin) y luego diamantes (Diamante)ā, enfatiza el documento del DOJ.
SegĆŗn las autoridades, Zaslavskiy alegó que ālas leyes de valores no le han hecho ver que su conducta fue ilegalā, esto a pesar de que en la ICO āhabĆa asegurado a sus inversionistas que estaba en pleno cumplimiento de la ley (ā¦) su reclamo debe ser denegadoā, enfatiza el DOJ.
Por su parte, la SEC insistió en que tiene un interĆ©s āprimordialā en la aplicación de las leyes sobre cualquier tipo de valores y aumentos de capital, sin importar ācualquiera que sea la terminologĆa o tecnologĆa utilizadaā. Para la SEC, āla inversión que el demandado ofreció y vendió se encuadra dentro del Ć”mbito de las leyes federales de valores. Por las razones anteriores, asĆ como aquellas presentadas en el escrito del Gobierno, la moción del Demandado debe ser denegadaā, se lee en las conclusiones de su reporte.
De esta manera, el pleito contra Zaslavskiy parece dirimirse como un fraude, y ambas instituciones empiezan a fijar de manera mÔs clara su posición en este tema. Toda ICO que libere valores en sus tokens deberÔ cumplir con las leyes, sin importar su posible vaguedad en las definiciones.