Hechos clave:
-
La regulaciĆ³n propuesta para las criptomonedas impone normas estrictas a las stablecoins.
-
Regular a Bitcoin como instrumento financiero "es una forma de evitar calificarlo como dinero".
A pesar de que la propuesta de regulaciĆ³n que prepara la ComisiĆ³n Europea (CE) parece reconciliar la visiĆ³n que separa a blockchain de los criptoactivos, el nuevo marco legal trata a las criptomonedas de forma semejante a los productos del mercado de valores.
Este es el planteamiento que el especialista en TecnologĆa e InnovaciĆ³n, Alberto GĆ³mez Toribio, emitiĆ³ en un foro virtual organizado el 2 de octubre por Crypto Plaza, en EspaƱa. El objetivo es debatir sobre los borradores de regulaciĆ³n europea sobre criptoactivos (Markets in Crypto-assets o MICA) que se conocieron el pasado mes de septiembre.
GĆ³mez compartiĆ³ el panel virtual con las abogadas especializadas en criptoactivos, Idoya Arteagabeitia y Cristina Carrascosa, de la firma Pinsent Masons, quienes se centraron en las implicaciones legales de la propuesta.
Todos coinciden en que el proyecto de la UniĆ³n Europea (UE) responde a la necesidad de regulaciĆ³n del sector en la regiĆ³n. Ā«Es importante que las empresas no sigan operando como en el ālejano oesteāĀ», seƱala Carrascosa, mientras Arteagabeitia pone Ć©nfasis en las ventajas competitivas de homologar normas para la UE.
No obstante, GĆ³mez Toribio hace menciĆ³n a temas que, a su juicio, resultan preocupantes para el ecosistema. Ā«Aunque es positivo el hecho de que se hable sin tapujos sobre criptoactivos y se ponga nombre a muchas cosas que ya estĆ”n establecidas, veo un intento de encasillar la actividad que se da en la industria de las criptomonedasĀ«, acota.
Piensa que el reglamento propuesto va en la misma lĆnea de las leyes que rigen el mercado de valores y equipara lo que ocurre en el sector de las criptomonedas con lo que ya existe en el entorno financiero tradicional.
Para el especialista en tecnologĆa es importante comprender, entre otras cosas, Ā«que los productos y servicios que surgen en el mercado de las criptomonedas no son iguales a los del mercado de valores y se rigen por principios diferentesĀ».
El manejo de una wallet (cartera), por ejemplo, requiere trasladar al usuario la responsabilidad de resguardar sus claves. Si la persona las pierde corre el riesgo de perder su dinero. Esto es asĆ no porque la empresa lo desee o no quiera cumplir con el resguardo, sino porque asĆ lo requiere la filosofĆa de este mercado. Estas y otras diferencias con el mercado de valores parecen no ser entendidas por los reguladores. Por ello creo que es necesario dimensionar estos temas en la propuesta.
Alberto GĆ³mez Toribio.
La ComisiĆ³n Europea y su Ć©nfasis en las stablecoins
En relaciĆ³n a las exigencias generales que plantea el proyecto para las empresas ligadas a las criptomonedas, Idoya Arteagabeitia explica que se trata de un cambio drĆ”stico, porque se pasa de no tener nada de regulaciĆ³n a tener que cumplir muchas normas.
Idoya reconoce que Ā«esto serĆ” mĆ”s difĆcil de cumplir para algunas empresas. Pero es probable que se les otorgue un perĆodo de 18 meses para hacer adecuacionesĀ». Habla tambiĆ©n de los avances que se lograrĆ”n si se pone en marcha un sandbox regulatorio.
La abogada menciona las exigencias mĆnimas que el reglamento plantea para emisores, empresas de custodia y servicios relacionados con criptomonedas.
DeberĆ”n tener una oficina fĆsica domiciliada en un Estado miembro de la UE y una entidad legal. TendrĆ”n que establecer normas de gobernanza interna y de cumplimiento. A muchas empresas no se les exigirĆ” licencia, entre ellas los exchanges.
Idoya Arteagabeitia.
Tal como lo reportĆ³ CriptoNoticias, la experta reitera que las mayores exigencias se hacen a las criptomonedas ancladas o stablecoins, activos criptogrĆ”ficos que siguen el precio de otros activos o una moneda fĆat, como el dĆ³lar o el euro.
De acuerdo al borrador, para funcionar en Europa los emisores de estos activos tendrĆ”n que solicitar una licencia. Esto, por el hecho de operar contra activos fĆat. TambiĆ©n deberĆ”n dejar claro los mecanismos para el respaldo de activos en un documento tĆ©cnico, que requerirĆ” revisiĆ³n y aprobaciĆ³n por parte de las autoridades.
Alberto GĆ³mez hace referencia a los planteamientos en torno a las stablecoins, activos que para la ComisiĆ³n Europea se asemejan al dinero electrĆ³nico.
Es necesario regular a la medida del ecosistema, pues en el caso de las stablecoins el regulador estĆ” entendiendo que son algo parecido al dinero electrĆ³nico, cuando en realidad no tienen nada que ver. Es un error pensar que la valoraciĆ³n de Tether (USDT), USD Coin (USDC), o DAI tiene algo que ver con su subyacente. Si yo tengo 10 stablecoins respaldadas por 10 euros en el banco, eso no significa que tengo 10 euros.
Alberto GĆ³mez Toribio.
Con estos comentarios GĆ³mez se remite a una declaraciĆ³n suscrita por EspaƱa, Francia, Italia, Alemania y PaĆses Bajos, en la cual apoyan el plan de regulaciĆ³n de la ComisiĆ³n Europea y solicitan reglas fuertes para las stablecoins.
La declaraciĆ³n fue compartida a principios de septiembre por Nadia CalviƱo, vicepresidenta de Asuntos EconĆ³micos y TransformaciĆ³n Digital de EspaƱa, resaltando la idea de Ā«anteponer la soberanĆa monetaria a las criptomonedasĀ». La funcionaria recibiĆ³ muchas crĆticas en Twitter al respecto.
Las solicitudes de los cinco paĆses, que segĆŗn muchos tuiteros Ā«demuestran fuerte desconocimiento del entorno criptoĀ», plantean lo siguiente:
- Una stablecoin deberĆ” tener respaldados todos sus fondos en una relaciĆ³n 1:1 por una moneda fĆat.
- Los fondos deberƔn ser almacenados en cuentas depositarias de entidades aceptadas por la UE.
- Los fondos reservados en estas cuentas, deberƔn ser tratados en Euros o cualquier moneda vƔlida dentro de la UE. Se deben mantener separados de otros fondos en otros activos para evitar el riesgo de cambio de activo.
- Si se van a usar para compra-venta, tanto comprador como vendedor tienen que poder redimir directamente a euro para poder usar esos activos en cualquier momento y lugar como euro. Es decir, poder sacar de una cuenta de escrow (garantĆa) de forma directa.
- Cualquier entidad relacionada con este tipo de activos deberĆ” estar registrada en la UE antes de empezar a operar dentro de ella.
Miedo a las stablecoins puede desalentar la innovaciĆ³n
Tratando de aclarar ideas sobre las anteriores propuestas, GĆ³mez explica que la valoraciĆ³n de una stablecoin depende de lo que se pueda hacer con ellas en el mercado. Indica que el subyacente o activo de respaldo no es mĆ”s que una herramienta que tiene a disposiciĆ³n la compaƱĆa que pone en circulaciĆ³n esta criptomoneda, para intervenir el mercado y regular su precio.
Por ello, le parece absurdo que se quiera obligar a que las stablecoins solo puedan tener respaldo en un solo activo. Ā«Porque a veces es necesario tener otro activo de respaldo que facilite liquidez, movilizaciĆ³n en el mercado y mejores garantĆas a esa compaƱĆa para hacer su trabajoĀ».
Son justamente todas estas exigencias que se hacen a la stablecoins āincluyendo las peticiones de los 5 paĆses arriba citadosā las que cuestionan algunos analistas. Muchos piensan que las normas propuestas harĆ”n difĆcil la subsistencia de este tipo de criptomonedas en la UniĆ³n Europea.
Sobre ello, el abogado espaƱol Javier Maestre escribiĆ³ un artĆculo seƱalando que tantos requerimientos burocrĆ”ticos, financieros y tĆ©cnicos, desalentarĆ”n la innovaciĆ³n e impondrĆ”n fuertes barreras de entrada a los mercados relacionados con los criptoactivos.
Ā«Creo que el problema que realmente preocupa a los reguladores es Libra (el proyecto de criptomoneda de Facebook)Ā», concluye GĆ³mez Toribio. Afirma que detrĆ”s de todo esto estĆ” el temor de las autoridades europeas a que una empresa con miles de millones de usuarios pueda colocar en el mercado europeo un producto financiero, en este caso una stablecoin global.
Bitcoin queda fuera del concepto de criptoactivo, y de dinero
En su escrito, Maestre opina en relaciĆ³n a la definiciĆ³n de los criptoactivos que la ComisiĆ³n Europea coloca en el documento.
Hay que recordar que la autoridad europea dejĆ³ fuera del concepto a Bitcoin, que serĆ” regulado como instrumento financiero. Para ello se harĆ”n cambios en la Directiva II de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID II 2014/65 / UE).
SegĆŗn el borrador, un criptoactivo Ā«es una representaciĆ³n digital de valor o de derechos que pueden ser transferidos y almacenados electrĆ³nicamente, utilizando tecnologĆa de contabilidad distribuidaĀ».
Maestre considera que Bitcoin podrĆa encajar en esta definiciĆ³n. Ā«Pero parece que esta expresiĆ³n viene de la Autoridad Bancaria Europea y es una forma de evitar mencionar el concepto de unidad de cuentaĀ«, con lo cual se reconocerĆa a la criptomoneda pionera como dinero. AƱade que, de manera similar, se recomendĆ³ cambiar el tĆ©rmino Ā«medio de pagoĀ» por Ā«medio de intercambioĀ».
El abogado cita textos escritos por el experto en leyes sobre tecnologĆa David Maeztu en el libro Ā«Aspectos legales de CiberseguridadĀ». AllĆ se refieren los cambios en las definiciones:
(ā¦) Vemos que en 2012 el Banco Central Europeo (BCE) se refiriĆ³ a las criptomonedas como un tipo de Ā«dinero digitalĀ», mientras que en 2015 adoptĆ³ la definiciĆ³n actual de Ā«una representaciĆ³n digital de valorĀ». Posteriormente, en otro informe de 2016 el BCE los calificĆ³ como Ā«medios de pago alternativosĀ», pero indicando que Ā«serĆa mĆ”s exacto considerarlos como un medio de cambio, mĆ”s que como un medio de pagoĀ».
Javier Maestre
Avance en la regulaciĆ³n de criptomonedas y riesgo de quedar en rezago
Bajo el concepto de criptoactivos, el documento solo busca regular tres tipos de tokens: las stablecoins (clasificadas como tokens referenciados a activos y tokens de dinero electrĆ³nico), y los utility tokens.
Sobre esta clasificaciĆ³n Maestre observa que existen otros tipos tokens que, dentro de la categorĆa de criptoactivos, no contarĆ”n con una regulaciĆ³n especĆfica. Ā«Como aquellos que representan (o tienen) valor, pero que no estĆ”n referenciados a otro activo, o no son tokens de utilidadĀ», aclara.
La abogada Idoya Arteagabeitia admite que aĆŗn quedan muchos temas del ecosistema fuera del documento que deberĆan agregar. Ā«Posiblemente se haga luego, pero como el trabajo de la CE suele ser lento se corre el riesgo de quedar rezagados, sobre todo si se aprueba en unos aƱosĀ».
A pesar de ello, se reconoce el reglamento como un gran avance para la regulaciĆ³n en Europa. Cristina Carrascosa piensa que serĆ” favorable para los usuarios, las pymes y startups de criptomonedas, en tanto que Arteagabeitia habla de unificaciĆ³n de criterios regulatorios en toda Europa.
Ā«Veo provechoso que las reglas apliquen para toda la UniĆ³n EuropeaĀ», dice Idoya. Resalta el hecho de que se evitarĆ”n los problemas derivados del arbitraje regulatorio, una forma de utilizar las lagunas de las leyes existentes en algunos paĆses para evadir las normas desfavorables de otros.
Se trata de una prĆ”ctica que hace que muchos emprendedores europeos registren negocios en paĆses en los que no residen para buscar ventaja jurĆdica. Esta situaciĆ³n cambiarĆ” porque con la nueva regulaciĆ³n las normas serĆ”n las mismas en todos los paĆses de la UE.
Toda esta regulaciĆ³n sobre criptoactivos posiblemente entre en vigencia dentro de 2 a 4 aƱos. El plan de la ComisiĆ³n Europea es crear un marco jurĆdico que dĆ© mayor impulso a sus estrategias basadas en blockchain.