Hechos clave:
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La actualización del impuesto afectará a comerciantes que ganen más que el mínimo imponible.
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No solo aplica a quienes realizan muchas operaciones al año, sino incluso a quienes hacen una sola.
El Impuesto a las ganancias se actualizará en septiembre de 2021. La modificación estipulada por ley subirá el mínimo no imponible, que hoy se ubica en ARS 150.000. Esto podría afectar a los actores del mundo de las criptomonedas que tengan rendimientos mayores a ese monto a partir de sus actividades.
Según el Boletín Oficial en el que se formalizó la reforma a la Ley de Impuesto a las ganancias en abril de 2021, el Poder Ejecutivo de Argentina (es decir, el presidente) tiene la facultad de actualizar durante el ejercicio fiscal de 2021 el “piso” que establece qué personas deben cumplir con esta obligación impositiva. Esto ocurriría en septiembre, de acuerdo con declaraciones del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.
La finalidad de esta actualización es impedir que más personas queden obligadas a pagar ganancias luego de las mejoras salariales que muchos sindicatos acordaron con el Gobierno y las patronales privadas a lo largo del año. De no darse una actualización de este tipo, con un aumento salarial que se aproxime a la inflación anual (hasta julio, la inflación acumulada era de 25%), muchas personas quedarían alcanzadas por un impuesto que, originalmente, no les correspondía.
Impuesto a las ganancias, uno de los dos que paga bitcoin en Argentina
El Impuesto a los bienes personales y el de ganancias constituyen el marco impositivo que las personas físicas que operen con criptomonedas en Argentina deben cumplir. Como explicó el contador Marcos Zocaro en una conferencia informada por CriptoNoticias en abril de este año, el primero se basa en los bienes que una persona declara a final de cada año. Si supera un monto determinado, debe pagar una alícuota sobre el valor total de estos.
En cambio, el impuesto a las ganancias tiene que ver, precisamente, con los beneficios obtenidos de una actividad. Si el rendimiento es superior al mínimo imponible, esa persona debe cumplir con ese tributo al Estado. Las alícuotas para calcular el monto exacto que se debe abonar van del 5% al 15% de las ganancias totales.
Por otra parte, teniendo en cuenta que el precio de muchas criptomonedas es susceptible a aumentos considerables y que esto se suma también a la devaluación del peso frente al dólar (la divisa con la que se mueve mayormente el mercado de criptomonedas), cada vez son más las personas que deberían pagar ganancias por operar con criptomonedas. Esta subida del “piso” del impuesto tiene la finalidad de evitar que un porcentaje desmedido de la población deba pagarlo.
Por si fuera poco, hay una interpretación ambigua de la ley que deriva en un error por parte de muchas personas. Se debe a que se suele creer que solo deben pagar impuestos quienes se dediquen a comerciar con criptomonedas con habitualidad, pero esto no es así.
Al respecto, Zocaro explicó a CriptoNoticias que el texto de la ley habla de “periodicidad” en el apartado 1 del artículo 2, el cual explica el alcance de la normativa. No obstante, para los apartados 4 y 5, que hablan de la venta de acciones o inmuebles, entre otros, “no se tiene que cumplir la habitualidad”. En otras palabras, incluso si una persona hace una sola venta de criptomonedas al año, puede estar obligada a cumplir con el impuesto a las ganancias.