-
La norma pone a los tokens bajo supervisión de la Superintendencia de Valores.
-
En 2026 se completará la primera generación de reglamentos habilitantes.
El Banco Central del Paraguay y la Superintendencia de Valores (SIV) están por iniciar la primera generación de reglamentos habilitantes para la Ley N° 7572/2025, que permite la emisión y custodia de instrumentos financieros digitales.
La medida busca modernizar un mercado de capitales que incrementó su participación del 1% al 15% del Producto Interno Bruto (PIB) nacional entre 2014 y 2024, facilitando ahora el acceso a inversionistas mediante la tokenización de activos reales (RWA).
La normativa, vigente desde noviembre de 2025, establece una distinción técnica entre las criptomonedas descentralizadas y los activos tokenizados.
Bajo este marco, solo los tokens que representen derechos de crédito, propiedad o participación en proyectos específicos califican como valores sujetos a fiscalización.
Esta estructura obliga a los emisores a cumplir con requisitos de transparencia, registro de prospectos y auditorías de contratos inteligentes.
Lo que está sucediendo en el país suramericano es un cambio estructural clave que se complementará en 2026 con la independencia funcional de la Caja de Valores de Paraguay (Cavapy).
Esta entidad asume la custodia exclusiva de los activos, separando la responsabilidad de la negociación ejecutada en la Bolsa de Valores de Asunción (BVA), un estándar de seguridad requerido por los fondos de inversión internacionales para mitigar conflictos de interés.
Hoja de ruta operativa para 2026
Rodrigo Ruiz, superintendente de Valores, detalló en noviembre el cronograma de implementación durante un encuentro técnico con especialistas legales. “Durante el 2026 se completará la primera generación de reglamentos habilitantes y se avanzará en innovación (fondos privados, crowdfunding, tokenización y DLT, emisiones extranjeras) en una segunda generación”, señaló en ese momento.

La legislación introduce el concepto de lo que se conoce como tecnología de registro distribuido (DLT) para garantizar la trazabilidad de las operaciones. Esto permite que sectores como el inmobiliario o el agroindustrial emitan títulos digitales transferibles, reduciendo los costos de intermediación y permitiendo ingresos de capital en montos menores a los promedios históricos del mercado paraguayo.
El proceso de adopción de la Ley de Mercado de Valores y Productos se estructura en dos fases técnicas. En la fase operativa, se publicarán normas sobre custodia digital y requisitos mínimos de ciberseguridad para las plataformas de negociación, esto con el fin de habilitar la implementación práctica de instrumentos financieros basados en tecnologías DLT.
En la fase de innovación, se reglamentará el crowdfunding (financiamiento colectivo) y la integración de emisiones extranjeras bajo el mismo estándar tecnológico, avanzando en áreas como fondos privados y tokenización. Esta hoja de ruta busca completar la primera generación de reglamentos habilitantes y extender avances en innovación.
De esta manera Paraguay se suma a una tendencia global de institucionalización de activos digitales. Como reflejo de ello, Larry Fink, el director ejecutivo de BlackRock, defendió en Davos la urgencia de avanzar hacia una única blockchain o red de criptomonedas común para la tokenización de activos, tal como lo informó CriptoNoticias.
A nivel regional, la iniciativa paraguaya sitúa al país en una posición de paridad regulatoria con mercados emergentes que buscan atraer inversión extranjera directa mediante la digitalización de títulos de deuda y capital. Entre ellos está Argentina que también avanza con un marco regulatorio aún en desarrollo.








