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La Ley GENIUS impulsa un refugio legal para proteger ahorros y donaciones del escrutinio público.
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El informe distingue entre protocolos autónomos y servicios con custodia para fijar vigilancia.
La administración estadounidense formalizó una nueva postura, a través de un informe técnico remitido al Congreso este marzo de 2026, en el que sostiene que los mezcladores de criptomonedas no son exclusivamente instrumentos ilícitos.
El documento admite que, en un ecosistema de redes de activos digitales inherentemente transparentes, los usuarios pueden requerir servicios de mezcla para evitar la exposición de su patrimonio, pagos corporativos o donaciones caritativas ante el escrutinio público permanente.
Esta evaluación técnica es el resultado directo de una instrucción contenida en la Sección 9 de la Ley GENIUS de 2025. Dicha legislación impuso al Departamento del Tesoro la obligación de investigar y analizar tecnologías emergentes que pudieran ser utilizadas para combatir el financiamiento ilícito en el ecosistema digital.
Al analizar los servicios de mezcla de activos, la autoridad financiera optó por un enfoque pragmático, estableciendo una distinción operativa basada en quién ejerce el control técnico sobre los fondos.
En el primer bloque menciona a los mezcladores custodiales, definidos por actuar como intermediarios financieros tradicionales que toman posesión física de los activos del usuario. Debido a esta capacidad de custodia, el Tesoro determina que estas entidades deben operar bajo el marco de las Empresas de Servicios Monetarios (MSB).
Esto implica la obligación estricta de registrarse ante la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN), implementar programas de cumplimiento, mantener registros detallados de las transacciones y emitir informes sobre cualquier actividad que resulte sospechosa para las autoridades.
Por el contrario, los mezcladores no custodiales representan el sector más complejo para la vigilancia estatal. Al funcionar como protocolos descentralizados, es decir, mediante código autoejecutable sin una figura de administrador central, carecen de un punto único de presión regulatoria.
El informe del Tesoro admite que esta naturaleza técnica dificulta la aplicación de la normativa financiera convencional, lo que eleva su perfil de riesgo. El desafío radica en que, al no haber una entidad a la cual exigir responsabilidades,estas herramientas se perciben como vehículos con mayor potencial para la evasión de controles.
Según el análisis del Tesoro, desde mayo de 2020, se han realizado retiros por más de 37.400 millones de dólares desde más de 50 puentes, denominados en las dos stablecoins de mayor capitalización de mercado. Durante el mismo período, esos mismos puentes recibieron aproximadamente 1.600 millones de dólares en depósitos originados en servicios de mezcla. Más de la mitad de esos depósitos (más de 900 millones de dólares) se concentraron en un puente específico, que enfrentó escrutinio por no intervenir en intercambios realizados en la plataforma por la RPDC [República Popular Democrática de Corea, es decir, Corea del Norte], ya que actores vinculados a la RPDC lavaron el producto de un robo de activos digitales.
Informe del Departamento del Tesoro.
Esta perspectiva contrasta con la rigidez de 2022, cuando la sanción contra el protocolo Tornado Cash generó un intenso debate jurídico sobre si es posible sancionar a un código de software abierto de la misma forma que a una entidad física. Sin embargo, este informe no supone una amnistía. Esto debido a que los procesos judiciales contra desarrolladores de software por presunta facilitación de lavado de dinero permanecen activos en tribunales federales, como lo ha informado CriptoNoticias.
El Tesoro levantó las sanciones a Tornado Cash en marzo de 2025 después de que un tribunal federal de apelaciones dictaminara que la OFAC se había excedido. Sin embargo, en agosto de 2025, un jurado de Manhattan declaró al cofundador Roman Storm culpable de operar una empresa de transferencia de dinero sin licencia, aunque no se llegó a un acuerdo sobre los cargos de lavado de dinero y sanciones. No hay sentencia formal final; se esperan mociones post-juicio, posible reintento de cargos estancados por el gobierno, y apelación por la defensa.

Privacidad vs vigilancia
Para resolver la imposibilidad técnica de controlar protocolos descentralizados, el Tesoro sugiere una vía legislativa intermedia. Menciona una «ley de retención» que cree un «refugio seguro». Este mecanismo no actuaría sobre el mezclador en sí, sino sobre las instituciones financieras (como exchanges o bancos) que reciben los fondos posteriormente.
La ley permitiría a estas entidades congelar temporalmente activos sospechosos durante una investigación, protegiendo a la institución de repercusiones legales mientras se verifica si el origen de los fondos es una actividad lícita de privacidad o un flujo criminal.
Para los defensores de la privacidad, este reconocimiento es un avance necesario para armonizar los derechos individuales con la vigilancia estatal. Por el contrario, críticos y reguladores advierten que validar los beneficios de la privacidad podría complicar el rastreo de flujos ilícitos, dada la sofisticación de grupos como Lazarus.
El informe concluye sin reactivar la propuesta de la FinCEN de 2023, que buscaba clasificar toda transacción de mezcla como una «preocupación primaria por lavado de dinero». En su lugar, el Tesoro apuesta por un marco basado en el riesgo que, previsiblemente, moldeará la futura regulación global sobre la trazabilidad en redes de criptomonedas.








