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La facturación de las ventas debe hacerse en pesos, la divisa que la persona recibe en el banco.
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Si se compra una casa o un auto, en tanto, se debe declarar un valor impositivo de la operación.
Damián Aguilera, contador público nacional de Argentina, explicó las obligaciones tributarias que se deben cumplir en el país con respecto a la exportación de servicios y los pagos en criptomonedas. Además, detalló también qué se debe declarar al comprar un inmueble con bitcoin, ante la oferta creciente de este tipo de operaciones.
En una charla denominada Impuesto a las criptomonedas en Argentina y transmitida en vivo por el canal de YouTube de Lila Álves, el contador afirmó que «en los últimos años se ha producido una explosión de exportación de servicios en Argentina».
Con respecto a las obligaciones tributarias de quienes vendan sus servicios al exterior, comentó: «Uno puede cobrar un servicio exportado en la moneda que quiere, pero debe ser una moneda de curso legal o una divisa». Con respecto a este punto, la reciente adopción de bitcoin como moneda legal en El Salvador podría generar ajustes en esta legislación, aunque no se conoce nada al respecto aún y Aguilera tampoco mencionó nada en su alocución.
Además, explicó que «hay que hacer la documentación correspondiente. Si vos cobrás en bitcoin, tenés que ingresar el dinero al país como pesos y facturarlo como pesos».
No obstante, el panorama cambia cuando se trata de exportar bienes: «Para poder exportar un bien, como por ejemplo una zapatilla, hay que completar una documentación especial en la que se aclara qué vendes y a qué valor lo vendés. Luego, cuando lo cobres, tenés que ir a buscar tus dólares a tu banco y el Banco Central de Argentina (BCRA) te los cambia por pesos al cambio oficial».
Impuestos al comprar inmuebles con bitcoin
Como ha informado CriptoNoticias, la oferta de vendedores de inmuebles que aceptan criptomonedas como forma de pago ha crecido durante este año en Argentina. Un ejemplo claro de ello son los anuncios en las plataformas Mercado Libre y Cryptoavisos.
Ahora bien, ¿qué impuestos aplican para estos casos? Esto explicó Aguilera: «Comprar un inmueble con bitcoin es un trueque, porque se están intercambiando dos cosas, pero esto se tiene que registrar y se debe declarar un valor impositivo de la transacción en pesos».
Asimismo, el contador explicó que pasa si se usan criptomonedas no declaradas ante organismos fiscales para la compra de un inmueble. Por ejemplo, podría ser el caso de una persona que vende bitcoins que tenía ahorrados desde 2017 y genera ganancias con el aumento del valor de la criptomoneda en estos años.
En tal situación, dice el experto, «el fisco ve que esta persona nunca declaró nada, no tenía ahorros, y de repente tiene una casa. Simplificándolo, lo que piensa el fisco es que esta persona ganó 100.000 dólares (o lo que valga la casa) en un año, y va a querer cobrar el impuesto a las Ganancias, que es del 30% de ese valor».
En cambio, afirma, «otro escenario sería declarar las criptomonedas para demostrar que estuvieron en el patrimonio por años, más allá de su valor. Entonces, cada año que surjan ganancias paga el impuesto (del 15%) si es que corresponde».
Impuestos por bienes personales y ganancias
En Argentina, los dos impuestos aplicables a bitcoin son los de bienes personales y ganancias. Para bienes personales, sostiene Aguilera, «los pesos o dólares depositados en cajas de ahorro están exentos, pero debo declararlos igual. Bitcoin, al ser un bien intangible, no está gravado por el impuesto de bienes personales».
«Pero ¿por qué se aconseja declararlos? Porque si el día de mañana yo los vendo y decido comprarme una casa o un auto, va a generar un desbalance de no tener nada en un año a tener una casa en el siguiente», continuó.
Por otra parte, aclaró que no es lo mismo ahorrar en criptomonedas en una billetera que hacerlo en un exchange. «Ciertos ahorros están gravados y otros están exentos. No es lo mismo tener todo el dinero en una caja de ahorros, que están exentas, que tenerlo en un fondo de inversión como sería un exchange, lo que sí está gravado».
«La diferencia técnica es muy fina: cuando tenemos el dinero en el exchange, no tenemos la posesión de las criptomonedas, sino que depositamos un valor valuado en criptomonedas en un fideicomiso que puede generar o no ganancias. Técnicamente no tenemos criptomonedas, sino que le ‘prestamos’ el dinero a esa empresa», detalló.
Finalmente, Aguilera afirmó que las operaciones P2P son seguidas de cerca por la Unidad de Información Financiera (UIF) y los bancos «porque no tienen documentación respaldatoria». «Los bancos están obligados a informar cuando ven operaciones que no se condicen con las operaciones normales de la cuenta. Así, mucha gente se ve obligada a generar comprobantes (facturas) y esto tiene una repercusión impositiva», sostuvo. En cambio, los exchanges «sí generan comprobantes», concluyó el experto.