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La clรกusula de habilitaciรณn del Art. 19 de la Constituciรณn, permite el uso de las stablecoins.
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Estรกn contempladas y gravadas en la reforma 27.430 a la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Pierpaolo Barbieri, fundador de las finanzas personales Ualรก, generรณ comentarios en Twitter tras calificar a las criptomonedas ancladas o stablecoins como activos prohibidos en Argentina.
Algunos usuarios manifestaron duda, otros quedaron sumergidos en la confusiรณn, mientras que algunos mรกs buscaron la manera de aclarar el tema, como lo hizo el lรญder de comunidad de MakerDAO para Latinoamรฉrica, Mariano Di Pietra, desde su cuenta @mariandipietra, quien escribiรณ que las stablecoins no son ilegales en el paรญs suramericano.
El pasado 10 de febrero, Barbieri comentรณ un anuncio de Ripio que invita a comprar USD Coin (USDC), una stablecoin respaldada por dรณlares estadounidenses. En ese momento, el CEO de Ualรก escribiรณ: ยซclaramente no es legal… Dados los controles de capitalยป. Aunque los usuarios solicitaron explicaciones, no hubo respuestas. Sin embargo, algunas aclaratorias seรฑalaron que las criptomonedas ancladas no son ilegales en Argentina.
Las stablecoins son activos digitales que preservan los atributos de las criptomonedas en tรฉrminos de velocidad de transacciรณn, alcance global, bajas comisiones, entre otros, pero al mismo tiempo buscan reducir la volatilidad inherente a estos activos mediante su anclaje al precio de otra moneda, activo o commodity. Para un argentino, actualmente suponen una reserva de valor en un activo dolarizado que se puede comprar con pesos.
El anclaje de las stablecoins se realiza mediante un proceso conocido en finanzas como colateralizaciรณn, en el que cierta cantidad de activos sirven como respaldo o garantรญa para la emisiรณn de otro activo. En el caso de las criptomonedas ancladas, se utiliza para mantener la paridad de precios. Dependiendo del proyecto, este respaldo puede hacerse en monedas fรญat, productos o criptomonedas, aunque tambiรฉn hay stablecoins no colaterizadas.
En Argentina las criptomonedas, incluidas las stablecoins, no son ilegales, estรกn encuadradas en el concepto de bienes contemplados en el artรญculo 16 del Cรณdigo Civil y Comercial de la Naciรณn y por ende pueden integrar el patrimonio de las personas humanas y jurรญdicas.
Bienes y cosas: los derechos referidos en el primer pรกrrafo del artรญculo 15 pueden recaer sobre bienes susceptibles de valor econรณmico. Los bienes materiales se llaman cosas. Las disposiciones referentes a las cosas son aplicables a la energรญa y a las fuerzas naturales susceptibles de ser puestas al servicio del hombre.
Artรญculo 16 del Cรณdigo Civil y Comercial de la Naciรณn.
No obstante, el Informe de Estabilidad Financiera que emitiรณ el Banco Central de Argentina el aรฑo pasado, considera riesgoso el uso de las stablecoins para la economรญa nacional y ve con reticencia el posible impacto que estos activos podrรญan tener, tanto en lo relativo a la salida de capitales como sobre el potencial incremento de vulnerabilidades para la moneda local.
A travรฉs del documento, el Banco Central argentino llega a la conclusiรณn de que ยซresulta indispensable avanzar en el anรกlisis de diseรฑos apropiados, asรญ como en el examen y eventual implementaciรณn de una regulaciรณn que sea clara y proporcional a los riesgos que representan [las stablecoins]ยป.
En ese sentido, queda claro que en Argentina no estรกn prohibidas ni las criptomonedas, ni las stablecoins, bienes que tambiรฉn estรกn permitidos bajo el principio del artรญculo 19 de la Constituciรณn Nacional, una clรกusula de habilitaciรณn que seรฑala que todo lo que no estรก prohibido estรก permitido: ยซlas acciones privadas de los hombres que de ningรบn modo ofendan al orden y a la moral pรบblica, ni perjudiquen a un tercero, estรกn solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningรบn habitante de la Naciรณn estรก obligado a proceder con lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohรญbeยป.
En el aรฑo 2014 la Unidad de Informaciรณn Financiera (UIF) de Argentina emitiรณ la Resoluciรณn Nยฐ300/2014, que definiรณ a las criptomonedas como ยซla representaciรณn digital de valor que puede ser objeto de comercio digital y cuyas funciones son las de constituir un medio de intercambio, y/o una unidad de cuenta, y/o una reserva de valor, pero que no tienen curso legal, ni se emiten, ni se encuentran garantizadas por ningรบn paรญs o jurisdicciรณnยป.
Asรญ mismo, en Argentina las criptomonedas y las stablecoins estรกn contempladas y gravadas en la reforma 27.430 a la Ley de Impuesto a las Ganancias, tal como explicรณ el contador pรบblico Marcos Zocaro en un artรญculo para CriptoNoticias. La observaciรณn que apunta al respecto el especialista es que esta Ley menciona a las monedas digitales (no especรญficamente a las criptomonedas), pero sin brindar una definiciรณn de quรฉ se debe entender legalmente con ese concepto. La reglamentaciรณn del impuesto, publicada al final de 2018, tampoco arrojรณ mucha luz sobre el tema.